Ordenanza Municipal Nº 5845/2022
Visto
La nota de solicitud de condonación y eximición de tasas municipales presentada por la “ASOCIACIÓN DE PADRES DE PERSONAS DISCAPACITADAS “DESPERTARES””, obrante a foja Nro. 2 del expediente: Letra “G”, Número 101, Año 2.022, y;
Considerando
La documentación obrante en el expediente mencionado en el visto;
Y lo establecido por la Ordenanza Municipal Nro. 5.842 del año 2.022;
El Honorable Concejo Deliberante de la municipalidad de Benito Juárez en uso de sus atribuciones que le son propias, resuelve y:
O R D E N A
Artículo 1°: Condónese del pago total de la deuda por la tasa municipal por servicio sanitario medido, a la “Asociación de Padres de Personas Discapacitadas”, entidad de bien público municipal registrada bajo el Nro. 98, C.U.I.T. Nro. 30-66731366-6, al inmueble designado catastralmente como:
Circunscripción: I, Sección: B, Quinta Nro.: 41, Parcela Nro.: 1 Letra: A, Inmueble Nro.: 4.007, Partida Nro.: 586, Ubicación: Avda.: Presidente Juan Domingo Perón Nro.: 0 – Benito Juárez;
para los periodos comprendidos por la cuotas Nros. 01 a 09 del año 2.022, por un total de $ 7.934,19 (Pesos siete mil novecientos treinta y cuatro con diecinueve centavos), de acuerdo a lo obrante a foja Nro. 3 del expediente Letra “G”, Número 101, Año 2.022.
Artículo 2°: Condónese del pago total de la deuda por la tasa municipal por servicio sanitario medido, a la “Asociación de Padres de Personas Discapacitadas”, entidad de bien público municipal registrada bajo el Nro. 98, C.U.I.T. Nro. 30-66731366-6, al inmueble designado catastralmente como:
Circunscripción: I, Sección: B, Quinta Nro.: 41, Parcela Nro.: 1 Letra: A, Inmueble Nro.: 910000400, Partida Nro.: 586, Ubicación: Avda.: Presidente Juan Domingo Perón Nro.: 0 – Benito Juárez;
para los periodos comprendidos por la cuotas Nros. 01 a 09 del año 2.022, por un total de $ 7.934,19 (Pesos siete mil novecientos treinta y cuatro con diecinueve centavos), de acuerdo a lo obrante a foja Nro. 4 del expediente Letra “G”, Número 101, Año 2.022.
Artículo 3º: Condónese del pago total de la deuda por la tasa municipal por servicio sanitario medido, a la “Asociación de Padres de Personas Discapacitadas”, entidad de bien público municipal registrada bajo el Nro. 98, C.U.I.T. Nro. 30-66731366-6, al inmueble designado catastralmente como:
Circunscripción: I, Sección: B, Quinta Nro.: 41, Parcela Nro.: 1 Letra: A, Inmueble Nro.: 900000400, Partida Nro.: 586, Ubicación: Avda.: Presidente Juan Domingo Perón Nro.: 0 – Benito Juárez;
para los periodos comprendidos por la cuotas Nros. 01 a 09 del año 2.022, por un total de $ 7.934,19 (Pesos siete mil novecientos treinta y cuatro con diecinueve centavos), de acuerdo a lo obrante a foja Nro. 5 del expediente Letra “G”, Número 101, Año 2.022.
Artículo 4º: Condónese del pago total de la deuda por la tasa municipal por recolección, limpieza y conservación de la vía pública y medio ambiente, a la “Asociación de Padres de Personas Discapacitadas”, entidad de bien público municipal registrada bajo el Nro. 98, C.U.I.T. Nro. 30-66731366-6, al inmueble designado catastralmente como:
Circunscripción: I, Sección: B, Quinta Nro.: 41, Parcela Nro.: 1 Letra: A, Inmueble Nro.: 4.007, Partida Nro.: 586, Ubicación: Avda.: Presidente Juan Domingo Perón Nro.: 0 – Benito Juárez;
Para los periodos comprendidos por la cuotas Nros. 01 a 04 del año 2.022, por un total de $ 152.387,33 (Pesos ciento cincuenta y dos mil trescientos ochenta y siete con treinta y tres centavos), de acuerdo a lo obrante a foja Nro. 6 del expediente Letra “G”, Número 101, Año 2.022.
Artículo 5º: Condónese del pago total de la deuda por la tasa municipal por recolección, limpieza y conservación de la vía pública y medio ambiente, a la “Asociación de Padres de Personas Discapacitadas”, entidad de bien público municipal registrada bajo el Nro. 98, C.U.I.T. Nro. 30-66731366-6, al inmueble designado catastralmente como:
Circunscripción: I, Sección: B, Quinta Nro.: 12, Parcela Nro.: 1, Inmueble Nro.: 1.225, Partida Nro.: 781, Ubicación: Calle: Mendoza Nro.: 0 – Benito Juárez;
Para los periodos comprendidos por la cuotas Nros. 01 a 04 del año 2.022, por un total de $ 118.690.31 (Pesos ciento dieciocho mil seiscientos noventa con treinta y un centavos), de acuerdo a lo obrante a foja Nro. 7 del expediente Letra “G”, Número 101, Año 2.022.
Artículo 6º: Condónese del pago total de la deuda por la tasa municipal por recolección, limpieza y conservación de la vía pública y medio ambiente, a la “Asociación de Padres de Personas Discapacitadas”, entidad de bien público municipal registrada bajo el Nro. 98, C.U.I.T. Nro. 30-66731366-6, al inmueble designado catastralmente como:
Circunscripción: I, Sección: B, Quinta Nro.: 12, Parcela Nro.: 2, Inmueble Nro.: 1.226, Partida Nro.: 8.644, Ubicación: Calle: Mendoza Nro.: 0 – Benito Juárez;
para los periodos comprendidos por la cuotas Nros. 01 a 04 del año 2.022, por un total de $ 21.251,97 (Pesos veintiún mil doscientos cincuenta y uno con noventa y siete centavos), de acuerdo a lo obrante a foja Nro. 8 del expediente Letra “G”, Número 101, Año 2.022.
Artículo 7º: Condónese del pago total de la deuda por la tasa municipal por servicio sanitario medido, a la “Asociación de Padres de Personas Discapacitadas”, entidad de bien público municipal registrada bajo el Nro. 98, C.U.I.T. Nro. 30-66731366-6, al inmueble designado catastralmente como:
Circunscripción: I, Sección: B, Quinta Nro.: 12, Parcela Nro.: 3, Inmueble Nro.: 1.227, Partida Nro.: 8.645, Ubicación: Calle: Mendoza Nro.: 0 – Benito Juárez;
para los periodos comprendidos por la cuotas Nros. 01 a 09 del año 2.022, por un total de $ 7.934,19 (Pesos siete mil novecientos treinta y cuatro con diecinueve centavos, de acuerdo a lo obrante a foja Nro. 9 del expediente Letra “G”, Número 101, Año 2.022.
Artículo 8º: Exímase del pago total para el periodo comprendido por las cuotas 10 a 12 del año 2.022 de la tasa municipal por servicio sanitario medido a la “Asociación de Padres de Personas Discapacitadas”, entidad de bien público municipal registrada bajo el Nro. 98, C.U.I.T. Nro. 30-66731366-6, a los inmuebles designados catastralmente como:
Artículo 9º: Exímase del pago total para el periodo comprendido por las cuotas 05 a 06 del año 2.022 de la tasas municipales por recolección, limpieza y conservación de la vía pública y medio ambiente, y, alumbrado en la vía pública, a la “Asociación de Padres de Personas Discapacitadas”, entidad de bien público municipal registrada bajo el Nro. 98, C.U.I.T. Nro. 30-66731366-6, a los inmuebles designados catastralmente como:
Artículo 10º: Exímase del pago total para los periodos comprendidos entre el 01 de enero y el 31 de diciembre del año 2.023 a la “Asociación de Padres de Personas Discapacitadas”, entidad de bien público municipal registrada bajo el Nro. 98, C.U.I.T. Nro. 30-66731366-6, a los inmuebles designados catastralmente como:
de las tasas municipales por:
Alumbrado en la vía pública,
Recolección, limpieza, conservación de la vía pública y medio ambiente.
de las tasas municipales por:
Alumbrado en la vía pública,
Recolección, limpieza, conservación de la vía pública y medio ambiente.
de las tasas municipales por:
Alumbrado en la vía pública,
Recolección, limpieza, conservación de la vía pública y medio ambiente.
Artículo 11º: Exímase del pago de la tasa municipal por servicio sanitario medido, por hasta 20 m3 (Veinte metros cúbicos) por periodo y por medidor, para los periodos comprendidos entre el 01 de enero y el 31 de diciembre del año 2.023 a la “Asociación de Padres de Personas Discapacitadas”, entidad de bien público municipal registrada bajo el Nro. 98, C.U.I.T. Nro. 30-66731366-6, a los inmuebles designados catastralmente como:
Artículo 12º: De forma.-
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veinticuatro días del mes de noviembre del año dos mil veintidós.
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