Ordenanza Nro.° 5737

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 5737 /2021

Visto

Que la Escribanía General de Gobierno, ejerce la competencia que le acuerda el Artículo 4º inc. d, de la Ley Provincial 10.830 para regularización dominial de “interés social”, y;

Considerando

Que el objetivo de la misma es posibilitar la cesión de inmuebles entre particulares, previo cumplimiento de los requisitos que la misma legisla,

Que cumplidos estos a  través de las áreas pertinentes del Departamento Ejecutivo, es necesario otorgar a los beneficiarios la seguridad jurídica que implica la titularidad del dominio sobre el bien mencionado.

El Honorable Concejo Deliberante de la municipalidad de Benito Juárez en uso de sus atribuciones que le son propias, resuelve y:

O      R     D    E    N     A

Artículo 1°: Declárese de Interés Social, la intervención de la Escribanía General de Gobierno, a efectos de proceder a la escrituración de los inmuebles que a continuación se detallan:

ENTRE  PARTICULARES:

Expediente: Letra: “T”, Nro.: 40, Año: 2.021:

DATOS CATASTRALES: Circ.: I – Secc.: B – Quinta.: 57 – Manzana.: 57C – Parcela: 23 -PARTIDA DE A.R.B.A.: 053-10.586.-

BENEFICIARIO: ALZUGARAY, ESTHER ALEJANDRA – D.N.I. Nro.: 14.295.354 – C.U.I.T. Nro.: 23-14.295.354-4.-

 

Expediente: Letra: “T”, Nro.: 41, Año: 2.021:

DATOS CATASTRALES: Circ.: I – Secc.: A – Manzana: 64 – Parcela: 9D – PARTIDA DE A.R.B.A.: 053-8.613.-

BENEFICIARIO: PARENTE, SANTIAGO GERMÁN D.N.I. Nro.: 26.261.119 – C.U.I.T. Nro.: 20-26.261.119-2.-

 

Expediente: Letra: “T”, Nro.: 79, Año: 2.021:

DATOS CATASTRALES: Circ.: I – Secc.: B – Quinta: 8 – Manzana: 8A – Parcela: 1 -PARTIDA DE A.R.B.A.: 053-1.238.-

BENEFICIARIO: PLATZ, PAOLA ANDREA – D.N.I. Nro.: 27.125.547 – C.U.I.T. Nro.: 27-27.125.547-6.-

 

Expediente: Letra: “T”, Nro.: 113, Año: 2.021:

DATOS CATASTRALES: Circ.: I – Secc.: B – Quinta: 8 – Manzana: 8E – Parcela: 9 -PARTIDA DE A.R.B.A.: 053-15.801.-

BENEFICIARIO: KITLAIN, SELVA CECILIA – D.N.I. Nro.: 28.173.946 – C.U.I.T. Nro.: 27-28.173.946-3.-

 

Artículo 2º: La presente declaración se fundamenta en los antecedentes obrantes en los expedientes que se citan en el artículo primero.

 

Artículo 3º: Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a condonar las deudas hasta la fecha de escrituración, que por gravámenes municipales puedan afectar a los inmuebles que se citan en el artículo primero.-

Artículo 4º: Elévese la presente ordenanza a la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.

Artículo 5º: De forma.-

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veinticinco días del mes de Noviembre del año dos mil veintiuno.-

 

 

 

 

 

 

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