ORDENANZA MUNICIPAL N° 795
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUÁREZ, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, RESUELVE Y,
ORDENA:
ARTÍCULO 1°.- FACÚLTESE AL D.E., A EXIMIR DE TASAS Y DERECHOS, A PARTIR DEL 1° DE ENERO DE 1975, A LOS CONTRIBUYENTES INCLUIDOS EN LOS REGÍMENES DE PREVISIÓN SOCIAL CON LAS CARACTERÍSTICAS DE JUBILADOS Y PENSIONADOS, AJUSTADAS A LAS SIGUIENTES CONDICIONES:
ARTÍCULO 2°.- AUTORIZASE AL D.E. A REGLAMENTAR LA PRESENTE.
ARTÍCULO 3°.- COMUNIQUESE AL D.E., ETC.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUÁREZ, A LOS DIECIOCHO DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y CINCO.
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