Ordenanza Nro.° 789

ORDENANZA MUNICIPAL N° 789

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUÁREZ, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, RESUELVE Y,

ORDENA:

ARTÍCULO 1°.- A PARTIR DEL 1° DE JUNIO DE 1975 CON ARREGLO A LAS FUNCIONES O CATEGORÍAS CORRESPONDIENTES AL ACTUAL PRESUPUESTO. FIJASE PARA EL PERSONAL DEL DEPARTAMENTO EJECUTIVO Y DELIBERATIVO DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUÁREZ, UN PORCENTAJE DE AUMENTO DEL 162,3 DE ACUERDO AL SIGUIENTE DETALLE:

HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE:

PERSONAL NO ESCALAFONADO

DETALLE SUELDO AL 31-5-75 SUELDO AL 31-5-1-6-75
CONCEJALES $ 3.680 $ 9.640
SECRETARIO $ 4.900 $ 12.840
SUBSECRETARIO $ 3.500 $ 9.170
PERSONAL ESCALAFONARIO
OFICIAL 3° $ 2.942 $ 7.710
DEPARTAMENTO EJECUTIVO:
PERSONAL NO ESCALAFONARIO
INTENDENTE $ 6.900 $ 18.080
SECRETARIO DE GOB. Y HACIENDA $ 4.900 $ 12.840
SECRETARIO DE O. Y SERV. PUBLICOS $ 4.900 $ 12.840
SECRETARIO DE BIENESTAR SOCIAL $ 4.400 $ 11.530
CONTADOR $ 3.900 $ 10.220
ASESOR LEGAL $ 3.650 $ 9.560
DIRECTOR D ECULTURA $ 3.500 $ 9.170
DIRECTOR ESCUELA Y CERAMICA $ 2.700 $ 7.070
INSPECTOR GENERAL $ 3.750 $ 9.830
TESORERO $ 3.750 $ 9.830
DIRECTOR DE FINANZAS $ 3.650 $ 9.560
DIRECTOR DE COMERCIO Y ABASTECIMIENTO $ 3.500 $ 9.170
DELEGADO DE BARKER $ 3.500 $ 9.170
DELEGADO DE TEDIN URIBURU $ 2.900 $ 7.600
DELEGADO EL LUCHADOR $ 2.800 $ 7.340
JEFE DE COMPRAS $ 3.500 $ 9.170
MEDICO MUNICIPAL $ 3.106 $ 8.140
PERSONAL ESCALAFONARIO
JEFE DE 1° $ 3.401 $ 8.912
JEFE DE 2° $ 3.303 $ 8.655
OFICIAL MAYOR $ 3.204 $ 8.395
OFICIAL PRINCIPAL $ 3.106 $ 8.139
OFICIAL 1° $ 3.073 $ 8.052
OFICIAL 2° $ 2.991 $ 7.837
OFICIAL 3° $ 2.942 $ 7.710
OFICIAL 4° $ 2.778 $ 7.279
OFICIAL 5° $ 2.696 $ 7.064
AUXILIAR 1° $ 2.614 $ 6.849
AUXILIAR 2° $ 2.532 $ 6.635
AUXILIAR 3° $ 2.368 $ 6.205
AUXILIAR 4° $ 2.252 $ 5.901
AUXILIAR 5° $ 2.040 $ 5.345

ARTÍCULO 2°.- EL D.E., PROCEDERA A DAR CUMPLIMIENTO EFECTIVO A LAS DISPOSICIONES CONTENIDOS EN LA PRESENTE ORDENANZA, DURANTE EL CORRIENTE AÑO, DE ACUERDO A LA REMESA DE FONDOS QUE EFECTUARA LA PROVINCIA DERIVADOS DEL GIRO PORCENTUAL DEL MINISTERIO DE ECONOMÍA DE LA NACIÓN, QUE REALIZARA EN LA MEDIDA QUE EL PAGO DE LOS AUMENTO SE EFECTIVICEN EN EL ORDEN NACIONAL.

ARTÍCULO 3°.- DEJASE SIN EFECTO LA VIGENCIA DEL ART. 179° DE LA ORDENANZA MUNICIPAL N° 732 “ESTATUTO DE ESTABILIDAD Y ESCALAFÓN PARA EL PERSONAL DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUÁREZ EN EL PERIODO COMPRENDIDO ENTRE EL 1° DE JUNIO DE 1975 Y 31 DE DICIEMBRE DE 1975.

ARTÍCULO 4°.- COMUNIQUESE AL D.E., ETC.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUÁREZ, A LOS VEINTISIETE DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y CINCO.

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