ORDENANZA MUNICIPAL N° 779
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUÁREZ, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, RESUELVE Y,
ORDENA:
ARTÍCULO 1°.- INCLUYESE EN EL CAPÍTULO XX – DERECHOS DE CEMENTERIO – ARTÍCULO 55°, EL INCISO D), QUE SE REDACTA DE LA SIGUIENTE MANERA:
ARTÍCULO 2°.- FACULTASE AL D.E., A REGLAMENTAR LA FORMA DE PAGO.
ARTÍCULO 3°.- COMUNÍQUESE AL D.E., ETC.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUÁREZ, A LOS VEINTITRES DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y CINCO.
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