ORDENANZA MUNICIPAL N° 747
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUÁREZ, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, RESUELVE Y,
ORDENA:
ARTÍCULO 1°.- AUTORIZASE A LA COOPERATIVA DE ELECTRICIDAD DE TEDIN URIBURU LTDA., A APLICAR A PARTIR DE LAS FACTURAS QUE SE EMITAN A PARTIR DEL 1° DE MAYO DE 1975 (FACTURADO MES DE ABRIL/75 HASTA LA SUMA DE $ 3.00 (TRES PESOS) COMO TARIFA ÚNICA POR KW. FACTURADO.
ARTÍCULO 2°.- AL IMPORTE ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 1°), O AL QUE FIJE LA COOPERATIVA EN CASO DE SER MENOR SE ADICIONARAN LOS QUE CORRESPONDA POR APLICACIÓN DE LAS ACTUALES LEYES IMPOSITIVAS NACIONALES, PROVINCIALES, MUNICIPALES Y/O LAS QUE EN EL FUTURO GRAVEN LA COMERCIALIZACIÓN DE LA ENERGÍA ELÉCTRICA.
ARTÍCULO 3°.-COMUNIQUESE AL D.E., ETC.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUÁREZ, A LOS DIECISIETE DÍAS DEL MES DE JULIO DE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y CINCO.
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