ORDENANZA MUNICIPAL N° 687
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUÁREZ, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, RESUELVE Y,
ORDENA:
ARTÍCULO 1°.- CREASE EL BANCO DE SANGRE, MUNICIPAL, EL CUAL ESTARÁ AL SERVICIO DE TODA LA POBLACIÓN DEL PARTIDO DE B. JUÁREZ.
ARTÍCULO 2°.- LA MUNICIPALIDAD COORDINARA CON LAS AUTORIDADES SANITARIAS, LA CORRESPONDIENTE AUTORIZACIÓN PARA LA INSTALACIÓN EN EL HOSPITAL BASE DE NUESTRA CIUDAD DEL MENCIONADO BANCO DE SANGRE.
ARTÍCULO 3°.- LAS EROGACIONES QUE SE PRODUZCAN CON MOTIVO DE LA INSTALACIÓN DE LO QUE DISPONE EL ARTÍCULO 1°) DE ESTA ORDENANZA, SE TENDRÁN EN LA PARTIDA QUE CORRESPONDA DEL PRÓXIMO PRESUPUESTO DE GASTOS DE LA MUNICIPALIDAD.
ARTÍCULO 4°.- COMUNÍQUESE AL D.E., ETC.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUÁREZ, A LOS QUINCE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y CUATRO.
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