ORDENANZA MUNICIPAL N° 589
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUÁREZ, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, RESUELVE Y,
ORDENA:
ARTÍCULO 1°.- AUTORIZASE A LA COOPERATIVA DE SERVICIOS PÚBLICOS DE BARKER LIMITADA, A APLICAR A PARTIR DEL 1° DE JUNIO DE 1973, LAS SIGUIENTES TARIFAS BÁSICAS:
DESDE FACTURACIÓN MAYO/75:
SERVICIO RESIDENCIAL …………………………………………………………. $ 0,587 POR KW. FACTURADO
SERVICIO COMERCIAL …………………………………………….……………. $ 0,6081 “ “ “
SERVICIO INDUSTRIAL …………………………………………….……………. $ 0,6081 “ “ “
SERVICIO PROVINCIAL …………………………………………………………. $ 0,587 “ “ “
SERVICIO NACIONAL …………………………………………………………….. $ 0,7979 “ “ “
GOBIERNO MUNICIPAL …………..……………………………………………. $ 0,587 “ “ “
ALUMBRADO PUBLICO ………………………………………….……….……. $ 0,587 “ “ “
ARTÍCULO 2°.-COMUNIQUESE AL D.E., ETC.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUÁREZ, A LOS NUEVE DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y CINCO.
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