ORDENANZA MUNICIPAL N° 567
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUÁREZ, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, RESUELVE Y,
ORDENA:
ARTÍCULO 1°.- FACULTASE AL D.E. A TRAVÉS DE LA SECRETARIA DE BIENESTAR SOCIAL, A TOMAR TODOS LOS RECAUDOS NECESARIOS PARA LA CREACIÓN DE LA ESCUELA DE AUXILIARES DE ENFERMERÍA MUNICIPAL.
ARTÍCULO 2°.- LA MUNICIPALIDAD COLABORARA CON LA PRESTACIÓN DE UNA SALA PARA EL DICTADO DE CLASES TEÓRICO-PRÁCTICAS INCLUYENDO PARA EL PRESUPUESTO DEL AÑO 1974, EL COSTO OPERATIVO DE DICHA INSTITUCIÓN.
ARTÍCULO 3°.- SE SOLICITARA LA COLABORACIÓN AD-HONOREN DEL CUERPO MÉDICO DEL PARTIDO DE BENITO JUÁREZ PARA EL FUNCIONAMIENTO Y LA ENSEÑANZA DEL CURSO BÁSICO QUE DEBE DICTARSE PARA DICHO FIN.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUÁREZ, A LOS VEINTICUATRO DIAS DEL MES DE AGOSTO DE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y TRES.
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