Resolucion Nro.º 2021922

RESOLUCION Nº 922/2021

VISTO

QUE LA RUTA PROVINCIAL 86 VINCULA A DOS SECTORES DE LA CIUDAD DE BENITO JUÁREZ, LA QUE OBLIGA A SER CRUZADA A MUCHAS PERSONAS EN DISTINTAS HORAS DEL DÍA; Y,

CONSIDERANDO

QUE LA RUTA PROVINCIAL 86 ES UNO DE LOS CAMINOS DE ACCESO A NUESTRA CIUDAD;

QUE ES ESTE UN RECLAMO QUE NOS HACEN LOS VECINOS DE LA ZONA;

QUE LA CITADA RUTA CONSTITUYE UN LÍMITE, YA QUE DIVIDE EN SECTORES A LA POBLACIÓN;

QUE EXISTE UNA CONSIDERABLE CANTIDAD DE POBLACIÓN RESIDIENDO EN FORMA PERMANENTE EN BARRIO PACHÁN, UBICADO AL SUDOESTE DE LA MENCIONADA ARTERIA;

QUE ES LA RUTA UN CAMINO DE ALTA TRANSITABILIDAD EN VARIOS PUNTOS DE SU RECORRIDO;

QUE BENITO JUÁREZ HA IDO EXTENDIÉNDOSE PAULATINAMENTE CON LA URBANIZACIÓN DEL BARRIO Y ESPACIOS FABRILES Y EMPRESARIALES;

QUE EL CRUCE DE LA RUTA ES EL CAMINO OBLIGADO PARA NUMEROSOS VECINOS, ENTRE LOS  QUE SE CUENTAN QUIENES SE TRASLADAN PARA CONCURRIR A ESCUELAS, TRABAJOS, CENTRO DE SALUD, ETC.

QUE ESTE CRUCE ES SUMAMENTE PELIGROSO PARA LAS PERSONAS CON DIFICULTADES MOTORAS, MADRES CON CARRITOS DE BEBÉ, NIÑOS Y ADULTOS EN BICICLETA;

QUE EL PUENTE SERÍA PEATONAL DE MODO QUE LOS CICLISTAS PODRÍAN PASAR POR ÉL, LLEVANDO EL RODADO Y NO CONDUCIÉNDOLO;

QUE ES LA RUTA UN CORREDOR PARA EL TRANSPORTE DE DIVERSAS MERCADERÍAS A DISTINTOS PUNTOS DEL PAÍS, EN VEHÍCULOS DE ALTO PORTE, QUE ES TAMBIÉN UN RECORRIDO OBLIGADO PARA ACCEDER A LUGARES TURÍSTICOS, LO QUE HACE QUE DURANTE EL PERÍODO ESTIVAL SE HALLE TOTALMENTE TRANSITADA;

QUE LA CONSTRUCCIÓN DE UN PUENTE AÉREO PEATONAL CONSTITUIRÍA UN ACCESO SEGURO PARA LA POBLACIÓN, PREVINIENDO ACCIDENTES Y DIFICULTADES EN EL CRUCE DE LA RUTA, SIENDO ÉSTE UNO DE LOS OBJETIVOS DE LA DIRECCIÓN DE VIALIDAD;

QUE HOY EN DÍA, LA VERSATILIDAD DE ESTRUCTURAS Y MATERIALES FACILITA EL RÁPIDO ARMADO Y LA INSTALACIÓN EN CORTO TIEMPO, ENTENDIENDO QUE ESTA CONSTRUCCIÓN PERMITIRÍA SALVAR EL OBSTÁCULO QUE ES LA RUTA.

QUE CREEMOS QUE LA SEGURIDAD DE PEATONES Y DE AUTOMOVILISTAS SE VERÍA RESGUARDADA CON LA CONSTRUCCIÓN DE UNA ESTRUCTURA DE ESTE TIPO.

QUE EN VARIOS MUNICIPIOS BONAERENSES SE ESTÁN REALIZANDO OBRAS SIMILARES.

QUE DESDE HACE UN TIEMPO SE HA DETECTADO ESTA NECESIDAD Y SE VERÍA ACERTADA LA DECISIÓN DE CONSTRUIR UNA ESTRUCTURA ASÍ SOBRE RUTA PROVINCIAL 86, DONDE LA DIRECCIÓN DE VIALIDAD PROVINCIAL ASÍ LO DISPONGA.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUAREZ EN USO DE SUS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS:

RESUELVE 

ARTÍCULO 1°: SOLICITAR AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL SE DIRIJA A LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIALIDAD A EFECTO DE SOLICITARLE ARBITRE LOS MEDIOS NECESARIOS PARA LA CONSTRUCCIÓN DE UN PUENTE PEATONAL AÉREO, QUE POSEA UNA RAMPA QUE FACILITE EL ACCESO A LAS PERSONAS CON DIFICULTADES MOTORAS Y A TODAS AQUELLAS QUE DEBAN TRASLADAR ELEMENTOS TALES COMO BICICLETAS, CARROS DE BEBÉ, ETC.; Y QUE PERMITA LA CIRCULACIÓN SOBRE LA RUTA PROVINCIAL Nº86 DONDE EL ORGANISMO DISPONGA, FACILITANDO EL CRUCE DE LA CITADA RUTA POR LOS POBLADORES QUE RESIDEN EN FORMA ESTABLE EN Bº PACHÁN, GENERANDO UN ESPACIO DE SEGURIDAD VIAL PARA PEATONES Y AUTOMOVILISTAS.

ARTÍCULO 2°: DE FORMA.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DOCE  DÍAS  DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO.-

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