Ordenanza Nro: 5637

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 5637 /2021
VISTO LO ACTUADO EN EL EXPEDIENTE LETRA “V” Nº 18/2021, EN EL CUAL DE FOJAS 2 A 24 OBRA DOCUMENTACIÓN PRESENTADA EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO AGRARIO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SOLICITANDO UN SUBSIDIO PARA LA ADQUISICIÓN DE MAQUINARIA DESTINADA A SER UTILIZADA POR LA COMISIÓN VIAL RURAL,
QUE DE FOJAS 25 A 54 OBRA CONVENIO SUSCRIPTO CON EL MINISTERIO DE DESARROLLO AGRARIO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, REGISTRADO BAJO EL Nº 5/2021 DEL REGISTRO MUNICIPAL DE CONVENIOS, QUE TIENE POR OBJETO IMPULSAR LAS ACCIONES DIRIGIDAS AL MEJORAMIENTO O REPARACIÓN DE LOS CAMINOS RURALES CON EL FIN DE FACILITAR EL INGRESO, EGRESO, TRASLADO DE LA PRODUCCIÓN Y DE LAS POBLACIONES RURALES, EN EL MARCO DEL COMPONENTE “PLAN PROVINCIAL DE MEJORA DE LOS CAMINOS RURALES”
QUE «EL MINISTERIO» OTORGA AL «MUNICIPIO», PARA FINANCIAR LA ADQUISICIÓN DE MATERIALES PARA LA REALIZACIÓN DEL “ENTOSCADO DEL CAMINO PROVINCIAL 053-05LONG: 12-50 KM. DENOMINADO Cº 108 E/ ESTABLECIMIENTO RURAL LAMBARÉ Y PTE. LA SILERA, UN APORTE EN CARÁCTER DE SUBSIDIO DE PESOS CINCO MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO ($ 5844344,00.-) EN EL MARCO DEL “PLAN PROVINCIAL DE MEJORA DE LOS CAMINOS RURALES”,
QUE DE FOJAS 55 A 59 OBRA RESOLUCIÓN; RESO-2020-198-GDEBA-MDAGP, APROBANDO EL CITADO CONVENIO Y
CONSIDERANDO LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 5º DE LA RESOLUCIÓN PROVINCIAL, EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO SOLICITA AL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, LA CONVALIDACIÓN DEL CONVENIO REGISTRADO BAJO EL Nº 5/2021

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUÁREZ EN USO DE SUS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, RESUELVE Y:
O R D E N A
ARTÍCULO 1°: CONVALÍDESE EL CONVENIO SUSCRIPTO CON EL MINISTERIO DE DESARROLLO AGRARIO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, REGISTRADO BAJO EL Nº 5/2021 DEL REGISTRO MUNICIPAL DE CONVENIOS, QUE TIENE POR OBJETO IMPULSAR LAS ACCIONES DIRIGIDAS AL MEJORAMIENTO O REPARACIÓN DE LOS CAMINOS RURALES CON EL FIN DE FACILITAR EL INGRESO, EGRESO, TRASLADO DE LA PRODUCCIÓN Y DE LAS POBLACIONES RURALES, EN EL MARCO DEL COMPONENTE “PLAN PROVINCIAL DE MEJORA DE LOS CAMINOS RURALES”, DE ACUERDO A LO ACTUADO EN EL EXPEDIENTE LETRA “V” Nº 18/2021.-
ARTÍCULO 2°: DE FORMA.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS ONCE DÍAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO.-

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