VISTO LA ORDENANZA MUNICIPAL N° 199, CUYO ARTICULO 6° ESTABLECE LA POSIBILIDAD DE CREAR UNA COMISION ESPECIAL DE ASESORAMIENTO Y CONTROL DE LOS ESTABLECIMIENTOS DE ABASTOS MUNICIPALES;
QUE DICHA COMISION YA FUE DESIGNADA, QUE SE HALLA EN FUNCIONAMIENTO;
CONSIDERANDO QUE EN LA MISMA NO SE HA PREVISTO LA PARTICIPACION DE LOS ORGANISMOS TECNICOS DE LA MUNICIPALIDAD;
QUE EN CONSECUENCIA DEBE PROCEDERSE A SU INCORPORACION CON EL OBJETO DE LOGRAR UN MEJOR Y MAS EFICAZ CUMPLIMIENTO DE SU COMETIDO;
LAS FACULTADES OTORGADAS POR EL ARTÍCULO 5° – INCISO 6) DE LA LEY N° 8613.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE BENITO JUÁREZ EN USO DE LAS ATRIBUCIONES REGLAMENTARIAS DEL DEPARTAMENTO DELIBERATIVO, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA MUNICIPAL N° 853
ARTÍCULO 1°.- INCORPÓRESE A LA COMISIÓN ESPECIAL DE ASESORAMIENTO Y CONTROL DE ABASTOS MUNICIPALES A LOS REPRESENTANTES DE LOS ORGANISMOS TÉCNICOS QUE LA MUNICIPALIDAD DESIGNE.
ARTÍCULO 2°.- COMUNÍQUESE, DESE A PUBLICIDAD, REGÍSTRESE EN EL REGISTRO ÚNICO DE ORDENANZAS Y TOMEN CONOCIMIENTO CONTADURÍA, LA COMISIÓN ASESORA MUNICIPAL, ABASTOS MUNICIPALES Y ARCHÍVESE.
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