ORDENANZA MUNICIPAL N° 807
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUÁREZ, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, RESUELVE Y,
ORDENA:
ARTÍCULO 1°.- AUTORIZASE A LA COOPERATIVA DE ELECTRICIDAD DE TEDIN URIBURU LTDA., A APLICAR A PARTIR DE LAS FACTURAS QUE SE EMITAN A PARTIR DEL 1°, DE ENERO DE 1976, (FACTURADO MES DE DICIEMBRE/75) HASTA LA SUMA DE $ 10. COMO TARIFA ÚNICA POR KW FACTURADO.
ARTÍCULO 2°.- AL IMPORTE ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 1° O AL QUE FIJE LA COOPERATIVA EN CASO DE NO SER MENOR, SE ADICIONARAN LOS QUE CORRESPONDAN POR APLICACIÓN DE LAS ACTUALES LEYES IMPOSITIVAS, NACIONALES, PROVINCIALES, MUNICIPALES Y/O LAS QUE EN EL FUTURO GRAVEN LA COMERCIALIZACIÓN DE LA ENERGÍA ELÉCTRICA.
ARTÍCULO 3°.- COMUNÍQUESE AL D.E., ETC.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUÁREZ, A LOS VEINTITRÉS DIAS DEL MES DE ENERO DE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y SEIS.
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