Ordenanza Nro: 893

EL INTENDENTE MUNICIPAL, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES REGLAMENTARIAS DEL DEPARTAMENTO DELIBERATIVO SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA N° 893
ARTÍCULO 1°.- APRUEBASE EL CONVENIO CELEBRADO ENTRE LA MUNCIIPALIDAD DE BENITO JUAREZ Y LA DIRECCION DE VIALIDAD DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, REFERENTE A LA CONSERVACION DE CAMINOS DE TIERRA DE LA RED PROVINCIAL.

ARTÍCULO 2°.- CÚMPLASE, REGÍSTRESE Y PUBLÍQUESE.

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