EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES DE DEPARTAMENTO DELIBERATIVO MUNICIPAL, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA N° 861
PARA EL PARTIDO DE BENITO JUAREZ
ARTÍCULO 1°.- CREASE EN EL PRESUPUESTO DE GASTOS VIGENTE, EN LA FINALIDAD I- ADMINISTRACIÓN GENERAL- SECCIÓN 1- EROGACIONES CORRIENTES, SECTOR 3 TRANSFERENCIAS CORRIENTES, EL INCISO 9 CONVENIO CON EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN REFACCIÓN DE EDIFICIOS, CON UN CRÉDITO DE NOVENTA MIL PESOS ($ 90000), TOMANDO LOS FONDOS DE LA PARTIDA 11.31. SUBSIDIOS A ENTIDADES DEL SECTOR PÚBLICO (CONSEJO ESCOLAR).
ARTÍCULO 2°.- CÚMPLASE, REGÍSTRESE Y PUBLÍQUESE.
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