EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES DE DEPARTAMENTO DELIBERATIVO MUNICIPAL, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA N° 918
ARTÍCULO 1°.- AGRÉGUESE COMO INCISO E) DEL ARTÍCULO 45° DE LA ORDENANZA IMPOSITIVA DEL PARTIDO DE BENITO JUÁREZ, ORDENANZA MUNICIPAL N° 902, EL SIGUIENTE:
ARTÍCULO 45°
E) NICHOS MUNICIPALES SECCIÓN 8:
1)- FILAS SEGUNDA Y TERCERA POR EL TERMINO DE 10 AÑOS
$ 86000
2)- RENOVACIÓN POR 5 AÑOS
. $ 27000
3)- OTRAS FILAS POR EL TÉRMINO DE 10 AÑOS
.. $ 72000
4)- RENOVACIÓN POR 5 AÑOS
. $ 24000
ARTÍCULO 2°.- CÚMPLASE, REGÍSTRESE Y PUBLÍQUESE.
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