EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES DE DEPARTAMENTO DELIBERATIVO MUNICIPAL, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA N° 914
PARA EL PARTIDO DE BENITO JUÁREZ
ARTÍCULO 1°.- DECLARASE DE UTILIDAD PÚBLICA DE PAGO OBLIGATORIO PARA LOS PROPIETARIOS Y/O POSEEDORES A TÍTULO DE DUEÑO DE LOS INMUEBLES BENEFICIADOS, LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS REPAVIMENTACIÓN DE LA AVENIDA FORTABAT, DESDE AVENIDA URQUIZA HASTA AVDA. SAN LUIS (SEIS CUADRAS).
ARTÍCULO 2°.- EL PRORRATEO DEL COSTO TOTAL DE LAS OBRAS SE HARÁ POR FRENTE.
ARTÍCULO 3°.- EL PAGO DE LAS OBRAS, A CARGO DE LOS VECINOS, PODRÁ EFECTUARSE AL CONTADO O A PLAZOS, CONFORME LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 45° DE LA ORDENANZA GENERAL N° 165.
ARTÍCULO 4°.- LA MODALIDAD DE EJECUCIÓN DE LAS OBRAS SERÁ LA PREVISTA EN EL ARTÍCULO 9°, INCISO A) DE LA ORDENANZA GENERAL N° 165.
ARTÍCULO 5°.- CÚMPLASE, REGÍSTRESE Y PUBLÍQUESE.
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