VISTO LO ACTUADO EN EL EXPEDIENTE LETRA S N° 211/79, Y
CONSIDERANDO LA NECESIDAD DE TRANSMITIR A TÍTULO GRATUITO AL INSTITUTO DE LA VIVIENDA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES INMUEBLES, A LOS EFECTOS DE QUE ESE ORGANISMO PROYECTE Y REALICE LA CONSTRUCCIÓN DE UN BARRIO DE VIVIENDAS EN ELLOS, CON RECURSOS PROVENIENTES DEL FONAVI,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE BENITO JUÁREZ, EN EJERCICIO DE LAS ATRIBUCIONES REGLAMENTARIAS DEL DEPARTAMENTO DELIBERATIVO, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA MUNICIPAL N° 991
ARTÍCULO 1°.- TRANSFIÉRASE A TÍTULO GRATUITO A LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES (INSTITUTO DE LA VIVIENDA) LOS TERRENOS QUE SE DETALLAN EN EL ARTÍCULO 2°, DE PROPIEDAD MUNICIPAL, CON DESTINO A LA CONSTRUCCIÓN DE UN CONJUNTO HABITACIONAL A EDIFICARSE EN LA LOCALIDAD DE BARKER POR EL ALUDIDO INSTITUTO.
ARTÍCULO 2°.- LOS TERRENOS CUYA TRANSFERENCIA SE AUTORIZA, SE IDENTIFICAN CATASTRALMENTE COMO: CIRCUNSCRIPCIÓN II- SECCIÓN A- PARCELAS 1 A 32-SUPERFICIE 9982 MTS2., Y CIRCUNSCRIPCION II- SECCION A- MANZANA 32- PARCELAS 2,3 Y 4- SUPERFICIE 2878 M. 88 DM2.
ARTÍCULO 3°.- FACULTASE A LA ESCRIBANÍA GENERAL DE GOBIERNO PARA OTORGAR LA ESCRITURA TRASLATIVA DE DOMINIO.
ARTÍCULO 4°.- COMUNÍQUESE, REGISTRESE Y PUBLIQUESE.
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