EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES DE DEPARTAMENTO DELIBERATIVO MUNICIPAL, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA N° 959
PARA EL PARTIDO DE BENITO JUÁREZ
ARTÍCULO 1°.- APRUÉBENSE, A PARTIR DEL 1° DE ENERO DE 1979, LAS PLANILLAS DE SUELDOS INDIVIDUALES Y RETRIBUCIONES GLOBALES Y LA ESCALA DE MÓDULOS Y CATEGORÍAS QUE, COMO ANEXO DE LA PRESENTE ORDENANZA, OBRAN A FOJAS 25/29 Y 30 DEL EXPEDIENTE 4058-273/79.
ARTÍCULO 2°.- AMPLÍENSE LAS SIGUIENTES PARTIDAS DEL PRESUPUESTO DE GASTOS VIGENTE:
FINALIDAD 1
11.11.3. PERSONAL ADMINISTRATIVO $ 3579000
11.11.4. PERSONAL OBRERO $ 2148000
11.13.2. SUELDO ANUAL COMPLEMENTARIO $ 477000
11.14.1. INSTITUTO DE PREVISION SOCIAL $ 1284000
11.14.2. I.O.M.A. $ 248000
28.3. FO.NA.VI. $ 310000
FINALIDAD 3
11.11.3. PERSONAL ADMINISTRATIVO $ 716000
11.13.2. SUELDO ANUAL COMPLEMENTARIO $ 60000
11.14.1. INSTITUTO DE PREVISION SOCIAL $ 161000
11.14.2. I.O.M.A. $ 31000
28.3. FO.NA.VI. $ 39000
FINALIDAD 4
11.11.3. PERSONAL ADMINISTRATIVO $ 716000
11.11.4. PERSONAL OBRERO $ 15211000
11.13.2. SUELDO ANUAL COMPLEMENTARIO $ 1327000
11.14.1. INSTITUTO DE PREVISION SOCIAL $ 3570000
11.14.2. I.O.M.A. $ 690000
28.3. FO.NA.VI. $ 863000
FINALIDAD 6
14. CREDITO ADICIONAL $ 30173000
TOTAL $ 61603000
ARTÍCULO 3°.- LOS FONDOS NECESARIOS PARA DAR CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO ANTERIOR, SERÁN TOMADOS DE LA SIGUIENTE PARTIDA DEL PRESUPUESTO DE GASTOS VIGENTE:
3- 25.22. PAVIMENTO $ 61603000
ARTÍCULO 4°.- CÚMPLASE, REGÍSTRESE Y PUBLÍQUESE.
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