Ordenanza Nro: 947

VISTO EL EXPEDIENTE 4058-278/79, POR EL QUE SE LLAMÓ A LICITACIÓN PÚBLICA PARA OTORGAR LA CONCESIÓN DE LA EXPLOTACIÓN DEL MATADERO MUNICIPAL;
QUE EL MISMO FUE GIRADO A LA SECRETARIA DE ASUNTOS MUNICIPALES, CON EL OBJETO DE SOLICITAR LA APROBACIÓN DEL ARTÍCULO 6°, INCISO 5° DE LA LEY 8613, MODIFICADA POR LA LEY 8851;
QUE LA AUTORIZACIÓN DE REFERENCIAS SE OTORGA CUANDO SE TRATA DE BIENES EL DOMINIO PÚBLICO MUNICIPAL, NO SIENDO NECESARIA EN EL CASO PRESENTE, EN EL QUE SE TRATA DE UN BIEN DEL DOMINIO PRIVADO COMUNAL, SEGÚN PUDO CORROBORARSE POSTERIORMENTE;
QUE, EN CONCIENCIA, CORRESPONDE QUE EL PROPIO INTENDENTE MUNICIPAL, EN EJERCICIO DE LAS ATRIBUCIONES DEL DEPARTAMENTO DELIBERATIVO, SEA QUIEN OTORGUE LA AUTORIDAD PERTINENTE,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE BENITO JUÁREZ EN EJERCICIO DE LAS ATRIBUCIONES REGLAMENTARIAS DEL DEPARTAMENTO DELIBERATIVO, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA MUNICIPAL N° 947
ARTÍCULO 1°.- AUTORIZASE AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO A EFECTUAR EL LLAMADO A LICITACIÓN PÚBLICA PARA OTORGAR LA CONCESIÓN DEL USO Y EXPLOTACIÓN DEL MATADERO MUNICIPAL DE BENITO JUÁREZ.
ARTÍCULO 2°.- COMUNÍQUESE, DESE AL REGISTRO ÚNICO DE ORDENANZAS, PUBLÍQUESE Y TOME CONOCIMIENTO CONTADURÍA, OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, ASESORÍA LEGAL, Y LA COMISIÓN ASESORA MUNICIPAL A LOS EFECTOS CORRESPONDIENTES, CUMPLIDO, ARCHÍVESE.

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