VISTO LO ACTUADO EN EL EXPEDIENTE 4058-269/79, POR EL QUE ESTA COMUNA SOLICITO AUTORIZACIÓN PARA EFECTUAR LA DONACIÓN DE UNA FRACCIÓN DE TERRENO AL BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, CON EL OBJETO DE ESTABLECER UNA FILIAL DEL MISMO EN ESTACIÓN BARKER;
LA RESOLUCIÓN N° 1527 DEL MINISTERIO DE GOBIERNO DE LA PROVINCIA,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE BENITO JUÁREZ EN EJERCICIO DE LAS ATRIBUCIONES REGLAMENTARIAS DEL DEPARTAMENTO DELIBERATIVO, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA MUNICIPAL N° 945
ARTÍCULO 1°.- DONASE AL BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, A LOS EFECTOS DE ESTABLECER UNA FILIAL DE DICHO BANCO EN ESTACIÓN BARKER, PARTIDO DE BENITO JUÁREZ, Y QUE SE DENOMINA SEGÚN PLANO 53- -79 COMO PARTE DEL LOTE ESPECIAL 1, DE LA MANZANA 30, CON UNA SUPERFICIE DE 600 METROS CUADRADOS Y CON FRENTE A LA CALLE RICHIERI, ENTRE LAS DE ALFREDO FORTABAT Y PEDRO EXPETXE, QUE MIDE 20 M. DE FRENTE POR 30 M. DE FONDO.
ARTÍCULO 2°.- LOS TRABAJOS DE CONSTRUCCIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE DICHA FILIAL DEBERÁN EJECUTARSE EN EL PLAZO DE TRES (3) AÑOS, A PARTIR DE LA FECHA EN QUE SE EFECTIVICE LA DONACIÓN. EN CASO DE NO CUMPLIMIENTO DE LA PRESENTE CONDICIÓN, SE PRODUCIRÁ LA REVERSIÓN DEL DOMINIO DE PLENO DERECHO A FAVOR DEL MUNICIPIO.
ARTÍCULO 3°.- CÚMPLASE, REGÍSTRESE Y PUBLÍQUESE.
Recibí en tu correo nuestras Notificaciones