VISTO QUE LOS TALLERES MECÁNICOS Y GOMERÍAS HAN ADOPTADO LA COSTUMBRE DE UTILIZAR LAS VEREDAS PARA REALIZAR SUS ACTIVIDADES;
QUE ESTA PRÁCTICA HA ORIGINADO NUMEROSOS RECLAMOS POR PARTE DE LA POBLACIÓN, POR LAS MOLESTIAS QUE ESTE USO ANÓMALO DE LOS ESPACIOS PÚBLICOS PRODUCE;
QUE REQUERIDA LA OPINIÓN DE LA COMISIÓN ASESORA MUNICIPAL, ESTA SE PRONUNCIÓ ACONSEJANDO PROHIBIR LA EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS MENCIONADOS EN LAS VEREDAS O EN LAS CALZADAS, Y
CONSIDERANDO QUE PARA LA OCUPACIÓN DE LOS ESPACIOS PÚBLICOS DEBE MEDIAR AUTORIZACIÓN DE LA MUNICIPALIDAD,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE BENITO JUAREZ, EN EJERCICIO DE LAS ATRIBUCIONES REGLAMENTARIAS DEL DEPARTAMENTO DELIBERATIVO, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA MUNICIPAL N° 941
ARTÍCULO 1°.- PROHÍBASE LA REALIZACIÓN EN CALLES Y VEREDAS DE TRABAJOS PROPIOS DE TALLERES MECÁNICOS Y GOMERÍAS.
ARTÍCULO 2°.- LA INFRACCIÓN A LO DISPUESTO EN LA PRESENTE ORDENANZA SERÁ SANCIONADA CON MULTA DE $ 50000 A $ 500000. LA REINCIDENCIA PODRÁ SANCIONARSE CON LA CLAUSURA DEL ESTABLECIMIENTO.
ARTÍCULO 2°.- COMUNIQUESE, DESE AL REGISTRO UNICO DE ORDENANZAS, PUBLÍQUESE Y TOME CONOCIMIENTO CONTADURIA, COMERCIO Y MINERÍA, INSPECCION GENERAL, DIRECCION DE GOBIERNO Y HACIENDA, ASESORÍA LEGAL, Y LA COMISION ASESORA MUNICIPAL A LOS EFECTOS CORRESPONDIENTES, CUMPLIDO, ARCHIVESE.
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