DECRETO DEL H.C.D. Nº 28 /2020.-
DEROGADO POR DECRETO DEL H.C.D. N° 23/2021
VISTO LA NECESIDAD DE ARTICULAR UN NUEVO ESPACIO DE DEBATE EN EL CONCEJO DELIBERANTE QUE REFIERA A LAS MUJERES, GÉNERO Y DIVERSIDAD Y LAS PROBLEMÁTICAS VINCULADAS A LAS DESIGUALDADES Y VIOLENCIAS CONTRA MUJERES Y DISIDENCIAS; Y
CONSIDERANDO QUE LA LEY ORGÁNICA DE LAS MUNICIPALIDADES NO CONTEMPLA ASUNTOS REFERIDOS A LAS MUJERES, EL GÉNERO Y LA DIVERSIDAD.
QUE EN EL ÚLTIMO TIEMPO, TANTO A NIVEL NACIONAL COMO PROVINCIAL, SE CREARON LAS CARTERAS MINISTERIALES DE MUJERES, GÉNERO Y DIVERSIDADES SEXUALES.
QUE LA CONQUISTA DE DERECHOS EN LAS ÚLTIMAS TRES DÉCADAS DE DEMOCRACIA, LOGRÓ QUE SE AMPLIARAN DERECHOS Y SE LOGRARA LA SANCIÓN DE LA LEY DE DIVORCIO VINCULAR, PATRIA POTESTAD COMPARTIDA, LEY DE GÉNERO, MATRIMONIO IGUALITARIO, ENTRE OTRAS.
QUE NUESTRA SOCIEDAD HOY SE VE PROFUNDAMENTE INTERPELADA POR EL DEBATE EN TORNO A LA CUESTIÓN DE GÉNERO Y CUESTIONES TALES COMO EL ABORTO LEGAL, SEGURO Y GRATUITO;
QUE EN ESTOS ÚLTIMOS AÑOS, COMO PARTE DE UN PROCESO HISTÓRICO DE LUCHAS Y CONQUISTAS, LAS MUJERES Y DIVERSIDADES HAN INCORPORADO A LA AGENDA PÚBLICA, POLÍTICA Y SOCIAL, DEMANDAS Y RECLAMOS QUE POR AÑOS HAN SIDO POSTERGADOS Y QUE HOY EN DÍA DEBEN SER ABORDADOS TAMBIÉN DESDE EL PLANO INSTITUCIONAL; DESARROLLANDO POLÍTICAS INTEGRALES PARA LA PLENA IGUALDAD JURÍDICA, SOCIAL, ECONÓMICA, LABORAL, POLÍTICA Y CULTURAL ENTRE LOS GÉNEROS.
QUE CONTAR CON LA COMISIÓN DE MUJERES, GÉNERO Y DIVERSIDAD, BRINDA LA POSIBILIDAD DE ESTABLECER UN ESPACIO DE CONSTRUCCIÓN COLECTIVA DE CONOCIMIENTOS, Y DE PROPICIAR OPORTUNIDADES DE ACOMPAÑAMIENTO, FORTALECIMIENTO Y PLANIFICACIÓN, PARA RECOGER LAS DEMANDAS DE LA COMUNIDAD Y TENDER HACIA LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES EN TODOS LOS ÁMBITOS QUE EN LA MISMA SE DESARROLLEN.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUAREZ EN USO DE SUS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, RESUELVE Y:
D E C R E T A
ARTICULO 1º.- MODIFÍQUESE EL DECRETO H.C.D. NRO.: 31/2011, Y SU MODIFICATORIA, DTO. H.C.D. NRO.: 8/2016, REGLAMENTO INTERNO DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EL SIGUIENTE ARTÍCULO QUE QUEDARÁ REDACTADO DE LA SIGUIENTE MANERA:
ARTÍCULO 27º: EN LA SESIÓN CONSTITUTIVA DE CADA PERÍODO, POR SÍ O DELEGANDO ESA FACULTAD EN EL PRESIDENTE, DESIGNARÁ A LOS CONCEJALES QUE DEBEN COMPONER LAS COMISIONES PERMANENTES. CUANDO LA FACULTAD SEA DELEGADA EN EL PRESIDENTE, ÉSTE LO HARÁ CONSULTANDO A CADA SECTOR LA NÓMINA DE LOS MIEMBROS QUE LO REPRESENTARÁ.-
HABRÁ NUEVE (9) COMISIONES PERMANENTES, A SABER:
A) LEGISLACIÓN, INTERPRETACIÓN, ACUERDO Y TRÁNSITO.
B) HACIENDA, COMERCIO, INDUSTRIA, PRODUCCIÓN Y MINERÍA.
C) OBRAS PÚBLICAS Y MEDIO AMBIENTE.
D) SALUD, HIGIENE Y ACCIÓN SOCIAL.
E) EDUCACIÓN, CULTURA, DEPORTE, TURISMO Y JUVENTUD.
F) DERECHOS HUMANOS.
G) SEGURIDAD.
H) MUJER, GÉNERO Y DIVERSIDAD.
I) LABOR PARLAMENTARIA..-
ARTÍCULO 2º.- INCORPÓRESE AL DECRETO H.C.D. NRO.: 31/2011, REGLAMENTO INTERNO DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EL SIGUIENTE ARTÍCULO QUE QUEDARÁ REDACTADO DE LA SIGUIENTE MANERA:
ARTÍCULO 36 BIS: CORRESPONDE A LA COMISIÓN DE MUJER, GÉNERO Y DIVERSIDAD DICTAMINAR E INTERVENIR PARA:
ARTICULAR/ASEGURAR EL ANÁLISIS CON PERSPECTIVA DE GÉNERO.
VELAR POR LA PARIDAD, IGUALDAD DE OPORTUNIDADES Y TRATO Y NO DISCRIMINACIÓN.
PROMOVER LA EQUIDAD EN EL ACCESO A LA SALUD Y EL TRABAJO.
REALIZAR EL SEGUIMIENTO Y MONITOREO DE LAS POLÍTICAS PÚBLICAS CON PERSPECTIVA DE GÉNERO.
REALIZAR EL SEGUIMIENTO DE LA IMPLEMENTACIÓN DE LAS LEYES NACIONALES, PROVINCIALES Y ORDENANZAS MUNICIPALES RELATIVAS A LA MATERIA.
ASEGURAR EL ACCESO Y CUMPLIMIENTO DE LOS DERECHOS SEXUALES Y REPRODUCTIVOS.
DICTAMINAR A PEDIDO DE OTRAS COMISIONES EN LOS ASUNTOS EN LOS QUE SE REQUIERA.
DICTAMINAR SOBRE LOS PROYECTOS DE ORDENANZA, DECRETO, RESOLUCIÓN Y COMUNICACIÓN PRESENTADOS POR LOS Y LAS CONCEJALES, EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO O LOS PARTICULARES, EN TODO LO RELACIONADO A LAS MUJERES, GÉNERO Y DIVERSIDAD.
PROMOVER CAPACITACIÓN Y FORMACIÓN EN EL ÁMBITO DEL CONCEJO DELIBERANTE Y EN LAS INSTITUCIONES PÚBLICAS DEL PARTIDO.
EFECTUAR RECOMENDACIONES EN MATERIAL DE PROMOCIÓN Y ASEGURAMIENTO DE LOS DERECHOS DE LAS MUJERES Y LA DIVERSIDAD SEXUAL.
TOMAR CONOCIMIENTO Y REQUERIR INFORMES EN MATERIAL DE POLÍTICAS PÚBLICAS QUE SE EJECUTEN DESDE EL MUNICIPIO.
PROMOVER LA CREACIÓN DE POLÍTICAS MUNICIPALES A FAVOR DE LA DIVERSIDAD SEXUAL.
DESARROLLAR POLÍTICAS INTEGRALES PARA LA PLENA IGUALDAD JURÍDICA, SOCIAL, ECONÓMICA, LABORAL, POLÍTICA Y CULTURAL ENTRE LOS GÉNEROS.
TRANSVERSALIZAR EL ENFOQUE DE GÉNERO EN EL ESTADO MUNICIPAL (SIEMPRE EN CONCORDANCIA CON LAS NORMAS NACIONALES Y/O PROVINCIALES).
TRABAJAR PARA LA PREVENCIÓN Y ERRADICACIÓN DE LA VIOLENCIA POR RAZONES DE GÉNERO.
DESARROLLAR UNA AGENDA EN MATERIA DE DERECHOS DE LAS DIVERSIDADES, EN LO REFERENTE A POBLACIÓN TRAVESTI Y TRANS Y SUS DERECHOS..-
ARTICULO 3º.- DE FORMA.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DIEZ DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTE.-
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