VISTO LO ACTUADO EN EL EXPEDIENTE LETRA S N° 206/80, Y
CONSIDERANDO LA NECESIDAD DE TRANSFERIR A TÍTULO GRATUITO AL INSTITUTO DE LA VIVIENDA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES INMUEBLES, A LOS EFECTOS DE QUE ESE ORGANISMO PROYECTE Y REALICE LA CONSTRUCCIÓN DE UN BARRIO DE VIVIENDAS EN ELLOS, DESTINADO A LAS PERSONAS CUYAS VIVIENDAS FUERAN DESTRUIDAS POR LAS INUNDACIONES,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE BENITO JUÁREZ, EN EJERCICIO DE LAS ATRIBUCIONES REGLAMENTARIAS DEL DEPARTAMENTO DELIBERATIVO, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA MUNICIPAL N° 1025
ARTÍCULO 1°.- TRANSFIÉRANSE A TÍTULO GRATUITO A LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES (INSTITUTO DE LA VIVIENDA) LOS TERRENOS QUE SE DETALLAN EN EL ARTÍCULO 2°, DE PROPIEDAD MUNICIPAL, CON DESTINO A LA CONSTRUCCIÓN DE UN BARRIO HABITACIONAL, EN EL QUE SE PROVEERÁN VIVIENDAS A LAS PERSONAS QUE HAN SUFRIDO LA DESTRUCCIÓN DE LAS PROPIAS POR LAS INUNDACIONES.
ARTÍCULO 2°.- LOS TERRENOS CUYA TRANSFERENCIA SE AUTORIZA ESTÁN UBICADOS EN ESTA CIUDAD DE BENITO JUÁREZ, Y TIENEN LAS SIGUIENTES CARACTERÍSTICAS: A) FRACCIÓN DE TERRENO, QUE FORMA PARTE DE LA QUINTA 60, Y SE SEÑALA EN UN PLANO ESPECIAL COMO LOTE 5 A, CON UNA SUPERFICIE DE: 6017 MTS. 31 DM. 20 CM2.- B) FRACCIÓN DE TERRENO, CONTIGUA A LA ANTERIOR, DESIGNADA COMO PARCELA 4 A2, CON UNA SUPERFICIE DE:608 MTS.61 DM. 32 CM2.- C) FRACCIÓN DE TERRENO, CON TODO LO EDIFICADO Y DEMÁS, QUE FORMA PARTE DE LA MISMA QUINTA 60, Y SE DESIGNA EN UN PLANO ESPECIAL COMO LOTE B (DOS9, CON UNA SUPERFICIE DE: 137 MTS. 19 DM. 84 CM2.
ARTÍCULO 3°.- FACULTASE A LA ESCRIBANÍA GENERAL DE GOBIERNO PARA OTORGAR LA ESCRITURA TRASLATIVA DE DOMINIO.
ARTÍCULO 4°.- CÚMPLASE, REGÍSTRESE Y PUBLÍQUESE.
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