VISTO LO ACTUADO EN EL EXPEDIENTE N° 4058-338/80;
LA DETERMINACIÓN DE LA CAPACIDAD FINANCIERA EFECTUADA POR EL HONORABLE TRIBUNAL DE CUENTAS;
LAS FACULTADES OTORGADAS POR LA LEY N° 9448 A LOS SEÑORES MUNICIPALES;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE BENITO JUÁREZ, EN EJERCICIO DE LAS ATRIBUCIONES REGLAMENTARIAS DEL DEPARTAMENTO DELIBERATIVO, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA MUNICIPAL N° 1008
ARTÍCULO 1°.- CONTRATASE CON EL BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES UN EMPRÉSTITO POR LA SUMA DE UN MIL QUINIENTOS MILLONES DE PESOS ($ 1500000000) CANCELABLE EN EL PLAZO DE 3 AÑOS MEDIANTE AMORTIZACIONES SEMESTRALES CRECIENTES CON MÁS UN INTERÉS DEL 24 % ANUAL VENCIDO Y REAJUSTABLE SOBRE SALDOS.
ARTÍCULO 2°.- EL MONTO DEL CITADO EMPRÉSTITO UNA VEZ DEDUCIDA LA AMORTIZACIÓN E INTERESES DEL PRIMER SEMESTRE SERÁ DESTINADO A LA FINANCIACIÓN DE LA ADQUISICIÓN Y REPARACIÓN DE MÁQUINAS Y VEHÍCULOS.
ARTÍCULO 3°.- PREVEASE EN LOS PRESUPUESTOS FUTUROS LAS PARTIDAS NECESARIAS PARA ATENDER LOS SERVICIOS DEL PRÉSTAMO HASTA SU TOTAL CANCELACIÓN.
ARTÍCULO 4°.- EN GARANTÍA DEL FIEL CUMPLIMIENTO DEL COMPROMISO QUE CONTRAE LA MUNICIPALIDAD DECLARA AFECTADOS LOS INGRESOS PROVENIENTES DEL RÉGIMEN DE COPARTICIPACIÓN LEY 9478.
ARTÍCULO 5°.- COMUNÍQUESE, DESE AL REGISTRO ÚNICO DE ORDENANZAS, PUBLÍQUESE Y TOME CONOCIMIENTO OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS Y LA COMISIÓN ASESORA MUNICIPAL A LOS EFECTOS CORRESPONDIENTES, CUMPLIDO ARCHÍVESE.
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