VISTO LO ACTUADO EN EL EXPEDIENTE LETRA D N° 192/81, POR EL QUE LA DIRECCIÓN DE PRESUPUESTO Y RECAUDACIÓN PROPICIA LA SANCIÓN DE UNA ORDENANZA POR LA QUE SE GRAVE LA DESCARGA DE LOS CAMIONES ATMOSFÉRICOS EN LA PLANTA DEPURADORA DE LÍQUIDOS CLOACALES;
LOS INFORMES DE LA DIRECCIÓN DE OBRAS PÚBLICAS Y DE LA DIVISIÓN DE OBRAS SANITARIAS, OBRANTES A FOJAS 2/3, EN LOS QUE SE ESTIMA EL COSTO DEL SERVICIO A BRINDAR;
Y CONSIDERANDO QUE EL PROYECTO SE ENCUADRA EN LOS TÉRMINOS DE LAS PAUTAS DE POLÍTICA FISCAL MUNICIPAL PARA EL PRESENTE EJERCICIO;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE BENITO JUÁREZ, EN EJERCICIO DE LAS ATRIBUCIONES REGLAMENTARIAS DE DEPARTAMENTO DELIBERATIVO, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA MUNICIPAL N° 1074
ARTÍCULO 1°.-MODIFICASE EL ARTÍCULO 46°, ÍTEM SERVICIOS ESPECIALES DE LA ORDENANZA IMPOSITIVA N° 1063, EL QUE DIRÁ:
A) CONSUMO DE AGUA CONSTRUCCION
EL AGUA DESTINADA A CONSTRUCCION DE EDIFICIOS SE COBRARÁ POR METRO CUADRADO DE SUPERFICIE CUBIERTA DE ACUERDO A LOS SIGUIENTES IMPORTES:
CON ESTRUCTURA
1164
SIN ESTRUCTURA
..
860
PARA LA SUPERFICIE SEMICUBIERTA SE TENDRA EN UENTA UNA REDUCCION DEL 50%.
B) DESCARGA DE CARROS ATMOSFERICOS.
POR CADA CARRO ATMOSFERICO DE HASTA 3 MTS. CUBICOS DE CAPACIDAD,
SE ABONARA ANUALMENTE
. $ 570000
POR METRO CUBICO QUE EXCEDA DE 3, ANUALMENTE
. $ 190000
ARTÍCULO 2°.- COMUNÍQUESE, DESE AL REGISTRO UNICO DE ORDENANZAS, TOME NOTA DIRECCIÓN DE PRESUPUESTO Y RECAUDACIÓN, DIRECCIÓN DE OBRAS PÚBLICAS, Y DIVISIÓN DE OBRAS SANITARIAS, , A LOS EFECTOS CORRESPONDIENTES, CUMPLIDO, ARCHÍVESE.
Recibí en tu correo nuestras Notificaciones