VISTO LO ACTUADO EN EL EXPEDIENTE LETRA C N° 200/81, POR EL QUE LA COOPERATIVA DE CONSUMO DE ELECTRICIDAD DE JUÁREZ LIMITADA SOLICITA LA DONACIÓN DE UN VEHÍCULO USADO, CON DESTINO AL TRANSPORTE DE MATERIALES Y ELEMENTOS PESADOS;
EL INFORME DEL SEÑOR ENCARGADO DE PATRIMONIO, OBRANTE A FOJAS 1 VTA., Y DEL SEÑOR ASESOR LEGAL, OBRANTE A FS. 2;
LO DISPUESTO EN LOS ARTÍCULOS 5 Y 6 DE LA LEY 9448, POR LA QUE SE DELEGAN A LOS INTENDENTES MUNICIPALES LAS ATRIBUCIONES LEGALES ACORDADAS A LOS CONCEJOS DELIBERANTES, SALVO LAS EXCEPCIONES TAXATIVAMENTE ESTABLECIDAS EN LOS ARTÍCULOS MENCIONADOS;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE BENITO JUÁREZ, EN EJERCICIO DE LAS ATRIBUCIONES REGLAMENTARIAS DE DEPARTAMENTO DELIBERATIVO, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA MUNICIPAL N° 1061
ARTÍCULO 1°.- DONASE A LA COOPERATIVA DE CONSUMO DE ELECTRICIDAD DE JUÁREZ LIMITADA EL AUTOMOTOR DE PROPIEDAD DE ESTA COMUNA, MARCA DODGE D 400, MODELO AÑO 1965, MOTOR Y CHASSIS N° 540815, DOMINIO B- 484252, PARA USO DE ESA INSTITUCIÓN.
ARTÍCULO 2°.- DISPÓNGASE LA BAJA DEL BIEN DONADO DE LOS REGISTROS PATRIMONIALES.
ARTÍCULO 3°.- NOTIFÍQUESE.
ARTÍCULO 4°.- COMUNÍQUESE, DESE AL REGISTRO ÚNICO DE ORDENANZAS, TOME NOTA OFICINA DE PATRIMONIO, A LOS EFECTOS CORRESPONDIENTES, CUMPLIDO, ARCHÍVESE.
Recibí en tu correo nuestras Notificaciones