Ordenanza Nro: 5541

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 5541/2020
VISTO LA SOLICITUD DE CONSIDERAR LA ADHESIÓN A LA LEY DE REFERENCIA, ENVIADA A ESTE DEPARTAMENTO LEGISLATIVO, POR SU AUTOR, EL DIPUTADO DE LA NACIÓN DR. EDUARDO LUJAN BUCCA (MÉDICO);
Y CONSIDERANDO:
QUE ES NECESARIO EVITAR QUE LOS MÉDICOS Y MÉDICAS, LOS ENFERMEROS Y ENFERMERAS, Y TODO PERSONAL DE LA SALUD PÚBLICA Y PRIVADA DE NUESTRO PAÍS SE CONVIERTAN EN PACIENTES POR CONTAGIARSE DE COVID-19 EN SU TRABAJO….
QUE ESTA LEY BUSCA GARANTIZAR NORMAS DE BIOSEGURIDAD Y PROTOCOLOS, APLICANDO LOS MISMOS A LO LARGO Y ANCHO DEL PAÍS EN TODOS LOS ESTABLECIMIENTOS DE SALUD, SEAN ESTOS PÚBLICOS O PRIVADOS, CON LA FINALIDAD, NO SOLO DE PROTEGER LA VIDA Y SALUD DEL PERSONAL SANITARISTA, SINO TAMBIÉN, LLEGADO EL CASO PRIORIZAR SU ATENCIÓN, LA REALIZACIÓN DE ESTUDIOS, ETC., A FIN DE PRESERVAR ESTE CAPITAL HUMANO, COLUMNA VERTEBRAL DE NUESTRO PAÍS, DE NUESTRO SISTEMA DE SALUD Y HOY POR HOY DE NUESTRA ECONOMÍA; UN RECURSO ESTRATÉGICO Y ESCASO QUE DEBEMOS PROTEGER….
QUE, EN DEFINITIVA, ESTA LEY PLANTEA DECLARAR DE INTERÉS NACIONAL EL CUIDADO DE LA SALUD Y LA VIDA DEL PERSONAL DE SALUD
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUAREZ EN USO DE SUS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, RESUELVE Y:
O R D E N A
ARTICULO 1º.- ADHIÉRASE EL MUNICIPIO DE BENITO JUÁREZ A LA LEY NACIONAL NRO. 27548, “PROGRAMA DE PROTECCIÓN AL PERSONAL DE SALUD ANTE LA PANDEMIA DE CORONAVIRUS COVID-19”, PRIORIZANDO LA PROTECCIÓN DE LA VIDA Y LA SALUD DEL PERSONAL DEL SISTEMA DE SALUD DEL PARTIDO DE BENITO JUÁREZ.-
ARTÍCULO 2º: ENVÍESE COPIA DE LA PRESENTE ORDENANZA A LAS HONORABLES CÁMARAS DE DIPUTADOS Y SENADORES DEL CONGRESO DE LA NACIÓN ARGENTINA, COMO ASÍ TAMBIÉN AL PODER EJECUTIVO NACIONAL.-
ARTÍCULO 3º: DE FORMA.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTICINCO DÍAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL VEINTE.-

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