VISTO LO ACTUADO EN EL EXPEDIENTE LETRA C N° 327/82 POR EL QUE EL CENTRO DE PROPIETARIOS DE CARNICERÍAS DE BENITO JUÁREZ S.A. (EN FORMACIÓN) SOLICITA SE LE AUTORICE A INCREMENTAR SUS TARIFAS POR EL FAENAMIENTO DE HACIENDA BOVINA Y OVINA, A PARTIR DEL DÍA 1° DE SEPTIEMBRE DE 1982;
QUE A FOJAS 6 LA DIRECCIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS Y CONTROL DE GESTIÓN ACONSEJA CONCEDER PROVISORIAMENTE LA AUTORIZACIÓN, LA QUE SE RATIFICARÍA LUEGO DEL ESTUDIO DEL EXPEDIENTE 4058-4/82 GIRADO A LA DIRECCIÓN DE GANADERÍA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE BENITO JUÁREZ, EN EJERCICIO DE LAS ATRIBUCIONES DE DEPARTAMENTO DELIBERATIVO, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA MUNICIPAL N° 1152
ARTÍCULO 1°.- AUTORIZASE PROVISORIAMENTE AL CENTRO DE PROPIETARIOS DE CARNICERÍAS DE BENITO JUÁREZ S.A. (EN FORMACIÓN) A INCREMENTAR SUS CUADROS TARIFARIOS, CORRESPONDIENTES AL FAENAMIENTO DE HACIENDA BOVINA Y OVINA EN UN SESENTA POR CIENTO (60%).
ARTÍCULO 2°.- LA PRESENTE ORDENANZA REGIRÁ RETROACTIVAMENTE DESDE EL DÍA 1° DE SEPTIEMBRE DE 1982.
ARTÍCULO 3°.- LAS ACTUACIONES ARRIBA MENCIONADAS SE AGREGARÁN AL EXPEDIENTE 4058-4/82.
ARTÍCULO 4°.- LA DIRECCIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS Y CONTROL DE GESTIÓN TOMARA LOS RECAUDOS PARA QUE SE EFECTIVICE EL CUMPLIMIENTO DE LO DISPUESTO POR LA PRESENTE.
ARTÍCULO 5°.- NOTIFÍQUESE.
ARTÍCULO 6°.- PUBLÍQUESE EN EL BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL.
ARTÍCULO 7°.- COMUNÍQUESE, DESE AL REGISTRO ÚNICO DE ORDENANZAS, TOME CONOCIMIENTO DIRECCIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS Y CONTROL DE GESTIÓN, Y SECRETARIA DE GOBIERNO Y HACIENDA, A LOS EFECTOS CORRESPONDIENTES, CUMPLIDO, ARCHÍVESE.
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