VISTO LO ACTUADO EN EL EXPEDIENTE 4058-99/83 POR EL QUE SE SOLICITARA LA AUTORIZACIÓN DEL SEÑOR MINISTRO DE GOBIERNO PARA IMPLEMENTAR UN NUEVO CUADRO TARIFARIO PARA LA COOPERATIVA DE CONSUMO DE ELECTRICIDAD DE JUÁREZ LIMITADA;
LA RESOLUCIÓN N° 464/83 DEL MINISTRO DE GOBIERNO;
LO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 6° INCISO 4 DE LA LEY 9448;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE BENITO JUÁREZ, EN EJERCICIO DE LAS ATRIBUCIONES REGLAMENTARIAS DE DEPARTAMENTO DELIBERATIVO, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA MUNICIPAL N° 1237
DEROGADA POR ORDENANZA 1248/1983
ARTÍCULO 1°.- AUTORIZASE A LA COOPERATIVA DE CONSUMO DE ELECTRICIDAD DE JUÁREZ LIMITADA A PONER EN VIGENCIA EL SIGUIENTE CUADRO TARIFARIO BÁSICO:
RESIDENCIAL
$A 0,5443 EL KWH
COMERCIAL
..
$A 0,5952 EL KWH
INDUSTRIAL
CONSUMO MENORES DE
300 KWH POR MES
. $A 0,5405 EL KWH
GOBIERNO PROVINCIAL,
NACIONAL, MUNICIPAL,
O. SANITARIAS
.. $A 0,5443 EL KWH
ALUMBRADO PÚBLICO . $A 0,5443 EL KWH
INDUSTRIAL GRANDES CONSUMOS
1 A 3000 KWH
..$A 0,5405 EL KWH
3001 A 5000 KWH
..$A 0,5228 EL KWH
5001 A 10000 KWH
.. $A 0,5058 EL KWH
10001 A 30000 KWH
.. $A 0,4847 EL KWH
30001 A 50000 KWH
.. $A 0,4646 EL KWH
50001 A 100000 KWH
.. $A 0,4411 EL KWH
CONSUMO NOCTURNO
. $A 0,41,88 EL KWH
ARTÍCULO 2°.- PUBLIQUESE EN EL BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL.
ARTÍCULO 3°.- NOTIFIQUESE.
ARTÍCULO 4°.- COMUNIQUESE, DESE AL REGISTRO UNICO DE ORDENANZAS, TOME NOTA DIRECCION DE PRESUPUESTO Y RECAUDACION, BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL, Y SECRETARIA DE GOBIERNO Y HACIENDA, A LOS EFECTOS CORRESPONDIENTES, CUMPLIDO, ARCHIVESE.
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