VISTO LO ACTUADO EN EL EXPEDIENTE LETRA S N° 244/83, EN EL QUE A FOJAS 618/9, LA SECRETARIA DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS AL EMITIR SU DICTAMEN TÉCNICO REFERIDO A LA OBRA DE AMPLIACIÓN DE LA RED DE DESAGÜES CLOACALES EN BENITO JUÁREZ, INFORMA QUE LA FINANCIACIÓN DE LA OBRA PERTENECE A UN EMPRÉSTITO OTORGADO POR EL BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES A ESTA COMUNA, Y DETALLA QUE DICHOS RECURSOS NO CUBRIRÍAN LA TOTALIDAD DEL ULTIMO CERTIFICADO DE OBRA, CUYA FECHA DE EMISIÓN SERIA ENERO DE 1984;
LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 273° DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE BENITO JUÁREZ, EN EJERCICIO DE LAS ATRIBUCIONES REGLAMENTARIAS DE DEPARTAMENTO DELIBERATIVO, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA MUNICIPAL N° 1226
ARTÍCULO 1°.- AUTORIZASE AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO A CONTRATAR CON LAS EMPRESAS CYLP S.C.A., Y SAMAI SA LA EJECUCIÓN DE LA OBRA DE AMPLIACIÓN DE LA RED DE DESAGÜES CLOACALES EN BENITO JUÁREZ, COMPROMETIENDO PARA ELLO FONDOS DEL EJERCICIO 1984.
ARTÍCULO 2°.- EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO DEBERÁ FORMULAR LA PERTINENTE RESERVA DE CRÉDITO EN EL PRESUPUESTO 1984.
ARTÍCULO 3°.- COMUNÍQUESE, DESE AL REGISTRO ÚNICO DE ORDENANZAS, TOME NOTA CONTADURÍA, DIRECCIÓN DE PRESUPUESTO Y RECAUDACIÓN, OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS Y SECRETARIA DE GOBIERNO Y HACIENDA, A LOS EFECTOS CORRESPONDIENTES, CUMPLIDO, ARCHÍVESE.
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