VISTO LO ACTUADO EN EL EXPEDIENTE LETRA S N° 284/83, POR EL QUE LA SECRETARIA DE GOBIERNO Y HACIENDA SOLICITA SE SUSCRIBA UN CONVENIO CON EL CLUB ATLÉTICO JUARENSE, PARA USO DE SUS INSTALACIONES POR LA DIVISIÓN DE DEPORTES COMUNAL, Y PARA UTILIZACIÓN DEL CENTRO DE EDUCACIÓN FÍSICA (C.E.F.), CUYA CREACIÓN SE PROPICIA ANTE EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA;
Y CONSIDERANDO QUE EL MUNICIPIO NO CUENTA CON UN PREDIO DESTINADO A LA PRÁCTICA DE DEPORTES;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE BENITO JUÁREZ, EN EJERCICIO DE LAS ATRIBUCIONES REGLAMENTARIAS DE DEPARTAMENTO DELIBERATIVO, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA MUNICIPAL N° 1205
ARTÍCULO 1°.- AUTORIZASE AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO A SUSCRIBIR UN CONVENIO CON EL CLUB ATLÉTICO JUARENSE, DESTINADO A UTILIZAR LAS INSTALACIONES QUE ESA INSTITUCIÓN POSEE EN NUESTRA CIUDAD, ENTRE LOS DIAS 1° DE JULIO DE 1983 AL 30 DE ABRIL DE 1984, POR UN MONTO DE PESOS ARGENTINOS SETECIENTOS VEINTE ($A 720) MENSUALES.
ARTÍCULO 2°.- LAS INSTALACIONES LOCADAS SERÁN UTILIZADAS POR LA DIVISIÓN DE DEPORTES.
ARTÍCULO 3°.- IMPÚTESE EL GASTO A LA PARTIDA FINALIDAD V- 1-1-2-1 ALQUILERES Y ARRENDAMIENTO, DEL PRESUPUESTO DE GASTOS VIGENTE.
ARTÍCULO 4°.- PUBLÍQUESE EN EL BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL.
ARTÍCULO 5°.- COMUNÍQUESE, DESE AL REGISTRO ÚNICO DE ORDENANZAS, TOME NOTA CONTADURÍA, DIVISIÓN DE DEPORTES, BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL, Y SECRETARIA DE GOBIERNO Y HACIENDA, A LOS EFECTOS CORRESPONDIENTES, CUMPLIDO, ARCHÍVESE.
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