VISTO LA PRESENTACIÓN EFECTUADA POR LA COMISIÓN VECINAL DEL BARRIO VILLA DON ALFREDO, DE LA LOCALIDAD DE BARKER, EN EL SENTIDO DE QUE SE DESIGNARA A LA CALLE N° 7 DE LA MENCIONADA VILLA CON EL NOMBRE DE 2 DE ABRIL, EN HOMENAJE A QUIENES LLEVARON A CABO LA GESTA DE LA RECUPERACIÓN DEL ARCHIPIÉLAGO AL PATRIMONIO NACIONAL;
LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 27, INCISO 4°, DE LA LEY ORGÁNICA DE LAS MUNICIPALIDADES;
Y CONSIDERANDO QUE LA RECUPERACIÓN DE LOS ARCHIPIÉLAGOS DEL SUR, USURPADOS POR GRAN BRETAÑA, NO ES UN OBJETIVO MOMENTÁNEO O SUJETO A LAS CIRCUNSTANCIAS, SINO QUE FORMA PARTE DE NUESTRO PASADO, PRESENTE Y FUTURO, Y QUE LA LUCHA SOLO CONCLUIRÁ CON SU RECUPERACIÓN DEFINITIVA;
QUE EL NOMBRE DE 2 DE ABRIL SIMBOLIZA LA GESTA COMENZADA ESE DIA DEL AÑO 1982, Y EL SENTIMIENTO DE UNIDAD NACIONAL EN TORNO A LA RECUPERACIÓN DE LOS TERRITORIOS, EL CUAL ES INDEPENDIENTE DEL MOMENTÁNEO RESULTADO ADVERSO DE LAS ARMAS;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE BENITO JUÁREZ, EN EJERCICIO DE LAS ATRIBUCIONES REGLAMENTARIAS DE DEPARTAMENTO LEGISLATIVO, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA MUNICIPAL N° 1175
ARTÍCULO 1°.- DESIGNASE CON EL NOMBRE DE 2 DE ABRIL A LA CALLE N° 7 DE LA VILLA DON ALFREDO, EN JURISDICCIÓN DE LA DELEGACIÓN MUNICIPAL DE BARKER;
ARTÍCULO 2°.- LA SECRETARIA DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS SEÑALIZARA A LA MENCIONADA CALLE CON EL NOMBRE QUE LE HA SIDO IMPUESTO EN EL ARTÍCULO ANTERIOR;
ARTÍCULO 3°- COMUNÍQUESE, DESE AL REGISTRO ÚNICO DE ORDENANZAS, PUBLÍQUESE EN EL BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL Y TOME NOTA SECRETARÍA DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, CATASTRO, PLANEAMIENTO Y SECRETARIA DE GOBIERNO Y HACIENDA, A LOS EFECTOS CORRESPONDIENTES, CUMPLIDO, ARCHÍVESE.
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