Ordenanza Nro: 5473

ORDENANZA MUNICIPAL Nº5473/2019
VISTO
LA NECESIDAD DE COLOCAR CARTELES CON LA LEYENDA “DESPACIO ESCUELA” EN LAS CALLES DE ACCESO A TODOS LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS DE NUESTRA CIUDAD, CON EL OBJETIVO DE PREVENIR ACCIDENTES Y RESGUARDAR LA SEGURIDAD DE LOS ESTUDIANTES Y DOCENTES.
CONSIDERANDO
QUE SERÍA UNA MEDIDA TENDIENTE A PREVENIR ACCIDENTES EN LAS INMEDIACIONES DE TODOS LOS CENTROS EDUCATIVOS DE BENITO JUÁREZ Y CONTROLAR EL TRÁFICO DE VEHÍCULOS Y MOTOS, COLOCAR LA SEÑALIZACIÓN ADECUADA PARA QUE LAS PERSONAS QUE TRANSITAN CON SUS VEHÍCULOS PONGAN LA DEBIDA ATENCIÓN, DISMINUYENDO LA VELOCIDAD CUANDO CIRCULAN FRENTE A UN EDIFICIO ESCOLAR;
QUE TENIENDO EN CONSIDERACIÓN LA LEY ORGÁNICA DE LAS MUNICIPALIDADES EN SU CAPÍTULO I, EN PARTICULAR EL INCISO 2 QUE EXPRESA: “EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO ES EL ENCARGADO DE ADMINISTRAR LA MUNICIPALIDAD Y EJECUTAR SERVICIOS Y OBRAS PÚBLICAS”.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUÁREZ EN USO DE SUS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, RESUELVE Y:
O R D E N A
ARTÍCULO 1°: INSTÁLESE CARTELES INDICADORES QUE ANUNCIEN LA CERCANÍA DEL EDIFICIO ESCOLAR CON LA LEYENDA “DESPACIO ESCUELA” A UNA DISTANCIA DE CINCUENTA (50) METROS A CADA LADO DE LA PUERTA DE ENTRADA DE LAS ESCUELAS, COLOCANDO ADEMÁS UN CARTEL INDICADOR ADICIONAL DONDE SE ESPECIFIQUE LA VELOCIDAD MÁXIMA PERMITIDA DE VEINTE (20) KILÓMETROS POR HORA, EN LOS HORARIOS DE ENTRADA Y SALIDA EN TODOS LOS TURNOS.
ARTÍCULO 2°: EL MUNICIPIO DISPONDRÁ LAS PARTIDAS DE GASTOS NECESARIAS PARA DAR CUMPLIMIENTO A LO ORDENADO EN EL ARTÍCULO 1°.
ARTÍCULO 3°: COMUNÍQUESE AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS CATORCE DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE.-

Print Friendly, PDF & Email
Print Friendly, PDF & Email