ORDENANZA MUNICIPAL Nº 5457/2019
VISTO
LO ACTUADO EN EL EXPEDIENTE LETRA G Nº 7/2019, EN EL CUAL A FOJAS 2 OBRA SOLICITUD DE VECINOS PARA LA COLOCACIÓN DE TRANQUERA SOBRE EL ACCESO DEL CAMINO VECINAL, UBICADO EN EL CUARTEL XI, DEL PARTIDO DE BENITO JUÁREZ,
QUE A FOJAS 4 OBRA DESPACHO DEL GERENTE VIAL Y A FOJAS 6 OBRA CROQUIS DEL LUGAR DONDE SE COLOCARÍA LA TRANQUERA
QUE A FOJAS 22 Y 23 ASESORÍA LEGAL INFORMA QUE CONFORME AL ARTÍCULO 27 INCISO 2º DE LA LEY ORGÁNICA DE LAS MUNICIPALIDADES EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE RESULTA COMPETENTE PARA EL TRAZADO, APERTURA, RECTIFICACIÓN, CONSTRUCCIÓN Y CONSERVACIÓN DE CALLES, PUENTES, TÚNELES, PLAZAS Y PASEOS PÚBLICOS Y LAS DELINEACIONES Y NIVELES
QUE LOS PROPIETARIOS FIRMANTES ASUMEN EL COMPROMISO Y BAJO SU ENTERA RESPONSABILIDAD DE LIBERAR EL PASO ANTE EMERGENCIAS O SITUACIONES QUE ASÍ LO REQUIERA
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUÁREZ EN USO DE SUS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, RESUELVE Y:
O R D E N A
ARTÍCULO 1°: ARTÍCULO 1º.- AUTORIZASE LA COLOCACIÓN DE UNA TRANQUERA DE DOS HOJAS CUYA DIMENSIÓN NO DEBE SER MENOR A OCHO (8) METROS, EN EL CAMINO VECINAL UBICADO EN EL CUARTEL XI, DEL PARTIDO DE BENITO JUÁREZ, QUE DA ACCESO A LAS PARCELAS 945 A; 945 B; 951; 952 A; 946 A, DE ACUERDO A LO ACTUADO EN EL EXPEDIENTE LETRA G Nº 07/2019. LA MISMA DEBERÁ PERMANECER SIN LLAVE U OTRO ELEMENTO QUE IMPIDA EL ACCESO PÚBLICO.-
ARTÍCULO 2º: SE DEBERÁ COLOCAR CARTEL INDICATIVO CON LA LEYENDA ACCESO A CALLE PÚBLICA.-
ARTÍCULO 3º: LOS GASTOS QUE SE ORIGINEN DE ACUERDO A LO ENUNCIADO EN LOS ARTÍCULOS PRECEDENTES, CORRERÁN POR CUENTA DE LOS PROPIETARIOS SOLICITANTES.-
ARTÍCULO 4º: EL INCUMPLIMIENTO DE LO ENUNCIADO EN LA PRESENTE ORDENANZA DARÁ LUGAR A LA SUSPENSIÓN DE LA MENCIONADA NORMA, HASTA SU NUEVA REGULARIZACIÓN.-
ARTÍCULO 5°: COMUNÍQUESE AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DOCE DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE.-
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