Ordenanza Nro: 1447

ORDENANZA MUNICIPAL N° 1447
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPA LIDAD DE BENITO JUAREZ EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, RESUELVE Y
O R D E N A
ARTICULO 1°.- AMPLIASE LOS TÉRMINOS DEL ART. 3° DE LA ORDENANZA MUNICIPAL N° 1427 QUEDANDO REDACTADO DE LA SIGUIENTE MANERA:
“ARTÍCULO 3°.- EN CASO DE NO CUMPLIRSE CON EL CARGO IMPUESTO EN EL ART. ANTERIOR Y SIEMPRE Y CUANDO EL ESTADO DE LA CONSTRUCCIÓN SE ENCUENTRE AVANZADO EN MÁS DE UN 50%, LA BENEFICIARIA ELEVARA NOTA AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO, JUSTIFICANDO FEHACIENTEMENTE LOS MOTIVOS POR LOS CUALES SE HA VISTO DEMORADA, Y ASIMISMO UN PLAN TENTATIVO DE FINALIZACIÓN DE OBRA. OTORGADO UN NUEVO PLAZO Y ESTE NO SE CUMPLIERA EL DOMINIO SE RETROTRAERÁ AL DONANTE POR SIMPLE TRANSCURSO DEL TIEMPO Y SIN NECESIDAD DE INTIMACIÓN O TRÁMITE ALGUNO, CON TODO LO PLANTADO Y/O ADHERIDO AL SUELO QUE PUDIERA EXISTIR A LA FECHA DEL VENCIMIENTO DEL PLAZO.”
ARTÍCULO 2°.- DE FORMA.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS NUEVE DIAS DEL MES DE MAYO DE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CINCO.

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