ORDENANZA MUNICIPAL N° 1542
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUÁREZ, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, RESUELVE Y
ORDENA
ARTICULO 1°. AUTORÍZASE LA CONTRATACIÓN DE PROFESIONALES DE LA INGENIERÍA ESPECIALIZADOS EN OBRAS DE INFRAESTRUCTURA URBANA PARA REALIZAR TRABAJOS VINCULADOS CON SU ESPECIALIDAD DENTRO DEL ÁMBITO DEL PARTIDO DE BENITO JUÁREZ, REFERIDOS A ESTUDIOS Y PROYECTOS.
ARTICULO 2°. LA CONTRATACIÓN ALUDIDA EN EL ARTÍCULO 1° DEBE SER PRECEDIDA, SIN EXCEPCIÓN, POR UN CONCURSO PÚBLICO DE TÍTULOS, MÉRITOS Y ANTECEDENTES DE PROFESIONALES DE LA INGENIERÍA PARA SELECCIONAR LOS QUE SERÁN INSCRIPTOS EN UN REGISTRO QUE SE CREA A TAL EFECTO Y FUNCIONARÁ EN LA SECRETARÍA DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS.
ARTICULO 3°. LA SECRETARÍA DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS EFECTUARÁ LA SELECCIÓN Y CONFECCIONARÁ DICHO REGISTRO, DÁNDOLE EL ORDEN DE MÉRITOS QUE RESULTE A SU SÓLO JUICIO Y QUE SERÁ INAPELABLE.
ARTICULO 4°. EN OPORTUNIDAD DE DECIDIRSE LA CONTRATACIÓN DE LAS TAREAS QUE MOTIVAN ESTE REGISTRO, Y EN FUNCIÓN DE LA MAGNITUD DE LAS MISMAS, EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO CONVENDRÁ CON EL SELECCIONADO EN EL PRIMER LUGAR LOS HONORARIOS QUE LA MUNICIPALIDAD DEBE PAGAR AL PROFESIONAL, LOS CUALES SERÁN LOS MÍNIMOS ESTABLECIDOS EN LA ESCALA DEL ARANCEL POR REGULACIÓN DE HONORARIOS PARA PROFESIONALES DE LA INGENIERÍA (DECRETO N° 6964/65). SI NO LLEGARA A UN ACUERDO CON EL SELECCIONADO EN PRIMER LUGAR, DARÁ POR TERMINADAS LAS TRATATIVAS Y CONTINUARÁ CON LOS SELECCIONADOS EN SEGUNDO TÉRMINO Y ASÍ SIGUIENDO HASTA LOGRAR UN ACUERDO.
ARTICULO 5°. DE FORMA.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTICINCO DIAS DEL MES DE JUNIO DE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y SEIS.
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