MINUTA DE COMUNICACIÓN N° 3/86
ARTICULO 1°: SE RECOMIENDA AL D.E. QUE A LA MAYOR BREVEDAD POSIBLE, ARBITRE LOS MEDIOS Y LA REGLAMENTACION PERTINENTE PARA LA RÁPIDA PUETSA EN VIGENCIA DE LA COMPENSACION ESPECIAL POR FALLAS DE CAJA ESTABLECIDA EN LOS ARTÍCULOS 38 Y 188 DE LA ORDENANZA 1364/84, SUGIRIENDO QUE LA MISMA SE IMPLEMENTE SOBRE LA BASE DE UN PORCENTAJE DE ENTRE EL 5 Y EL 10 POR CIENTO DEL SUELDO BASICO DEL AGENTE.
ARTÍCULO 2°.- DE FORMA.
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