ORDENANZA MUNICIPAL Nº 5438/2019
VISTO
QUE POR DISTINTAS RAZONES HAY AUTOMOTORES ACUMULADOS HACE VARIOS AÑOS, EN EL PREDIO DEL COMANDO DE PREVENCIÓN RURAL, DONDE SUS TITULARES NO LOS HAN RETIRADO.
QUE EXISTE LA LEY NACIONAL 26348, QUE MODIFICA ARTÍCULOS DE LEY NACIONAL 20785, QUE CORRESPONDE A LOS BIENES OBJETO DE SECUESTRO EN CAUSAS PENALES, CUSTODIA Y DISPOSICIÓN, DONDE FIJA PROCEDIMIENTOS PARA LA RESTITUCIÓN DE LOS BIENES Y PLAZOS PARA SU RETIRO.
QUE ANTE EL INCUMPLIMIENTO DEL RETIRO DEL BIEN, EL ORGANISMO OFICIAL ENCARGADO DEL DEPÓSITO Y CUSTODIA, PUEDE PROCEDER A GESTIONAR SU DESCONTAMINACIÓN, COMPACTACIÓN Y DISPOSICIÓN COMO CHATARRA.
QUE ES NECESARIO ENCONTRAR UNA SOLUCIÓN A LA ACUMULACIÓN DE ESOS AUTOMOTORES.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUÁREZ EN USO DE SUS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, RESUELVE Y:
O R D E N A
ARTÍCULO 1°: LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUÁREZ SE ADHIERE EN TODOS SUS TÉRMINOS, AL PROGRAMA NACIONAL DE DESCONTAMINACIÓN, COMPACTACIÓN Y DISPOSICIÓN FINAL DE VEHÍCULOS Y CHATARRA (PRO.NA.COM) IMPLEMENTADO POR LA LEY NACIONAL N°26348.
ARTÍCULO 2°: AUTORIZASE AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL A PUBLICAR EDICTOS EN LOS DIARIOS DE CIRCULACIÓN LOCAL Y EN EL BOLETÍN OFICIAL DURANTE 1 (UN) DÍA, INTIMANDO POR EL PLAZO DE 15 DÍAS PARA QUE LOS TITULARES DE LOS VEHÍCULOS QUE SE ENCUENTREN EN DEPENDENCIAS MUNICIPALES O DE TERCEROS CON MÁS DE 6 (SEIS) MESES DE SU RETENCIÓN POR CUALQUIER CAUSA, SE PRESENTEN ANTE EL JUZGADO DE FALTAS DE LA CIUDAD DE BENITO JUÁREZ, CON DOCUMENTACIÓN FEHACIENTE QUE ACREDITE DERECHOS SOBRE LOS MISMOS PARA PODER RETIRARLOS.
CUMPLIDO EL PLAZO DISPUESTO EN EL PÁRRAFO ANTERIOR SIN QUE SE HAYA ACREDITADO DERECHOS SOBRE LOS BIENES, EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL QUEDA AUTORIZADO A INCORPORARLOS AL PATRIMONIO MUNICIPAL Y SOMETERLOS AL PROCESO DE DESCONTAMINACIÓN, COMPACTACIÓN Y DISPOSICIÓN FINAL EN EL MARCO DEL PRO.NA.COM.
ARTÍCULO 3°: AUTORIZASE AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL A FIRMAR LOS CONVENIOS Y/O GESTIONES PERTINENTES PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL PRO.NA.COM.
ARTÍCULO 4°: AUTORIZASE AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL A SOMETER EL PROCEDIMIENTO DE DESCONTAMINACIÓN, COMPACTACIÓN Y DISPOSICIÓN FINAL DE VEHÍCULOS Y CHATARRA, PRO.NA.COM., A LOS VEHÍCULOS SECUESTRADOS CON ANTERIORIDAD A LA SANCIÓN DE LA PRESENTE ORDENANZA.-
ARTICULO 5º.- COMUNÍQUESE AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTICINCO DÍAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE.-
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