Ordenanza Nro: 1649

ORDENANZA MUNICIPAL N° 1649
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPA LIDAD DE BENITO JUAREZ EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, RESUELVE Y
O R D E N A
ARTICULO 1°.- CONTRATASE CON EL BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES UN EMPRÉSTITO POR LA SUMA DE AUSTRALES DOSCIENTOS OCHENTA MIL (A 280000) CANCELABLE EN SEIS AÑOS MEDIANTE AMORTIZACIONES PROGRESIVAS, PRIMER SEMESTRE: CUATRO POR CIENTO; SEGUNDO SEMESTRE: CINCO POR CIENTO; TERCER SEMESTRE: SEIS POR CIENTO; CUARTO SEMESTRE: SIETE POR CIENTO; QUINTO SEMESTRE: OCHO POR CIENTO; SEXTO SEMESTRE: NUEVE POR CIENTO; SÉPTIMO SEMESTRE: DIEZ POR CIENTO; OCTAVO SEMESTRE: ONCE POR CIENTO; NOVENO SEMESTRE: DOCE POR CIENTO; DECIMO SEMESTRE: TRECE POR CIENTO Y UNDÉCIMO SEMESTRE: QUINCE POR CIENTO, CON UN INTERÉS DEL VEINTICUATRO (24%) POR CIENTO ANUAL A TASA REAJUSTABLE.
ARTÍCULO 2°.- EL MONTO DEL EMPRÉSTITO SERÁ DESTINADO PARA LA FINANCIACIÓN MAQUINARIAS E IMPLEMENTOS PARA SERVICIOS PÚBLICOS.
ARTÍCULO 3°.- PREVÉANSE EN LOS PRESUPUESTOS FUTUROS LAS PARTIDAS NECESARIAS PARA ATENDER LOS SERVICIOS DEL PRÉSTAMO HASTA SU TOTAL CANCELACIÓN.
ARTÍCULO 4°.- EN GARANTÍA DEL FIEL CUMPLIMIENTO DEL COMPROMISO QUE CONTRAE, LA MUNICIPALIDAD DECLARA AFECTADOS LOS INGRESOS PROVENIENTES DEL RÉGIMEN DE COPARTICIPACIÓN LEY N° 9478 Y FACULTA A LA PROVINCIA A RETENER DE DICHOS FONDOS EL IMPORTE DE LOS SALDOS ATRASADOS QUE ADEUDARE UNA VEZ CUMPLIDOS LOS PLAZOS QUE SE FIJEN.
ARTÍCULO 5°.- ELÉVESE AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO A SUS EFECTOS.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTIDOS DIAS DEL MES DE JULIO DE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y SIETE.

Print Friendly, PDF & Email
Print Friendly, PDF & Email