ORDENANZA MUNICIPAL N° 1904
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPA LIDAD DE BENITO JUAREZ EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, RESUELVE Y
O R D E N A
ARTICULO 1°.- MODIFICASE EL ARTICULO 186° DE LA ORDENANZA MUNICIPAL N° 1364, EL QUE QUEDARA REDACTADO DE LA SIGUIENTE MANERA:
LA MUNICIPALIDAD ABONARA A TODOS SUS AGENTES LOS SUBSIDIOS FAMILIARES DE CONFORMIDAD CON LA LEGISLACION NACIONAL, COMO MINIMO, SIN PERJUICIO DE LO QUE SE DETERMINE EN LA MUNICIPALIDAD.
LA MUNICIPALIDAD CONTRATARA SEGUROS DE VIDA A FAVOR DE SUS AGENTES, A SU EXCLUSIVO CARGO, DE MANERA QUE EN CASO DE FALLECIMIENTO SE GARANTICE A SUS DEUDOS LA PERCEPCION DE UNA SUMA EQUIVALENTE COMO MINIMO A CINCO (5) SUELDOS MINIMOS VIGENTES A ESA FECHA. EN CASO DE FALLECIMIENTO DE ALGUNA DE LAS PERSONAS PRO ALS CUALES EL AGENTE PERCIBE SALARIO FAMILIAR, LA MUNICIPALIDAD LE ABONARA UN SUBSIDIO EXTRAORDINARIO EQUIVALENTE A DOCE (12) MESES EL SUBSIDIO TOTAL QUE PERCIBIRA EL AGENTE.
ARTICULO 2°.- DE FORMA.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS VEINTIOCHO DIAS DEL MES DE SETIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y NUEVE.-
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