Ordenanza Nro: 1895

ORDENANZA MUNICIPAL N° 1895
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPA LIDAD DE BENITO JUAREZ EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, RESUELVE Y
O R D E N A
ARTICULO 1°.- AGRÉGUESE A CONTINUACIÓN DEL ÚLTIMO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 67° DE LA ORDENANZA FISCAL VIGENTE (O.M. N° 1841) EL SIGUIENTE TEXTO: “TODAS LAS LIQUIDACIONES DE ESTA TASA COMPRENDIDAS EN LOS INCISOS PRECEDENTES, GOZARAN DE UN DESCUENTO DEL VEINTE POR CIENTO (20%)”

ARTÍCULO 2°.- AGRÉGUESE A CONTINUACIÓN DEL ÚLTIMO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 70° DE LA ORDENANZA FISCAL VIGENTE, EL SIGUIENTE TEXTO: “LOS LOTES Y SUS FRACCIONES UBICADOS EN ESQUINA, ES DECIR, CON FRENTE A DOS CALLES A AVENIDAS, PAGARAN ESTA TASA POR LA SUMATORIA DE LAS TASAS CORRESPONDIENTES A CADA FRENTE, LIQUIDADAS DE ACUERDO A LA CATEGORÍA QUE A CADA UNO LE CORRESPONDA, CON UN DESCUENTO DEL CUARENTA POR CIENTO (40%)”.

ARTÍCULO 3°.- MODIFICASE EL ARTÍCULO 127° DE LA ORDENANZA FISCAL VIGENTE (O.M. 1841), EL QUE QUEDARA REDACTADO DE LA SIGUIENTE MANERA: “LA BASE IMPONIBLE ESTARÁ DADA POR EL VALOR DE LA OBRA DETERMINADO POR LA TABLA CONFECCIONADA POR AL SECRETARIA DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS Y CUYOS MONTOS FIGURAN EN LA ORDENANZA IMPOSITIVA ANUAL”.

ARTÍCULO 4°.- DE FORMA.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS CATORCE DIAS DEL MES DE SETIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y NUEVE.-

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