ORDENANZA MUNICIPAL N° 1880
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPA LIDAD DE BENITO JUAREZ EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, RESUELVE Y
O R D E N A
ARTICULO 1°.- OTORGASE AL PERSONAL MUNICIPAL, EXCEPTO LOS SEÑORES CONCEJALES, UNA BONIFICACIÓN ESPECIAL NO REMUNERATIVA DE AUSTRALES OCHO MIL (A 8000), EN LOS MESES DE JULIO Y AGOSTO DE 1989.
ARTÍCULO 2°.- LA BONIFICACIÓN DISPUESTA EN EL ARTÍCULO 1° DE LA PRESENTE, NO SERÁ OBJETO DE LOS APORTES Y CONTRIBUCIONES PREVISTOS EN LAS LEYES PREVISIONALES Y DE SEGURIDAD SOCIAL, NI TAMPOCO DE RETENCIONES POR CUOTAS SINDICALES ORDINARIAS.
ARTÍCULO 3°.- INCLÚYANSE COMO BENEFICIARIOS DE LA BONIFICACIÓN DISPUESTA EN EL ARTÍCULO 1° AL PERSONAL CONTRATADO, EN UN TODO DE ACUERDO CON LA RESOLUCIÓN N° 09/89 DEL 13/07/1989 DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE.
ARTÍCULO 4°.- LA BONIFICACIÓN OBJETO DE LA PRESENTE ORDENANZA SE ABONARA EN FORMA PROPORCIONAL CUANDO LA PRESTACIÓN CUMPLIDA EN EL PERIODO DE PAGO INMEDIATAMENTE ANTERIOR Y DURANTE EL MES EN CURSO, FUERA INFERIOR A LA JORNADA LEGAL DE TRABAJO.
ARTÍCULO 5°.- DE FORMA.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS VEINTIOCHO DIAS DEL MES DE JULIO DE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y NUEVE.-
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