Ordenanza Nro: 1808

ORDENANZA MUNICIPAL N° 1808
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPA LIDAD DE BENITO JUAREZ EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, RESUELVE Y

O R D E N A

ARTICULO 1°.- INCREMENTANSE LOS SUELDOS AL PERSONAL PERTENECIENTE A LA CARRERA MEDICO HOSPITALARIA A PARTIR DEL 1° DE NOVIEMBRE DE 1988, CUYOS VALORES SEGÚN CADA CATEGORIA SERAN LOS SIGUIENTES:

GRADO REG.HORARIO SUELDO
MEDICO ASISTENTE 24 HORAS A 3114,90
» » 34 HORAS A 4412,60
» » 36 HORAS A 4672,40
» » 44 HORAS A 5710,50
MEDICO AGREGADO 24 HORAS A 3294,90
» » 34 HORAS A 4667,60
» » 36 HORAS A 4942,40
» » 44 HORAS A 6040,50
MEDICO HOSPITAL «C» 24 HORAS A 3507,20
» » 34 HORAS A 4968,30
» » 36 HORAS A 5260,80
» » 44 HORAS A 6429,70
MEDICO HOSPITAL «B» 24 HORAS A 3691,80
» » 34 HORAS A 5229,85
» » 36 HORAS A 5537,70
» » 44 HORAS A 6768,20
MEDICO HOSPITAL «A» 24 HORAS A 3899,40
» » 34 HORAS A 5523,90
» » 36 HORAS A 5849,10
» » 44 HORAS A 7148,80
» » 48 HORAS A 7798,80

ARTICULO 2°.- DE FORMA.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS NUEVE DEL MES DE FEBRERO DE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y NUEVE.-

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