ORDENANZA MUNICIPAL N° 2106
MODIFICADA PRO ORDENANZA 2113/1991 (ARTICULO N° 2)
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERARTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUAREZ EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, RESUELVE Y
0 R D E N A
ARTÍCULO 1°.-TODOS LOS CONTRIBUYENTES MUNICIPALES QUE REGISTREN DEUDAS POR TASAS CUYOS VENCIMIENTOS HUBIERAN OPERADO HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 1990, PODRÁN HACER USO DE LA OPCIÓN QUE ESTABLECÍA EL ARTÍCULO 2° DE LA ORDENANZA MUNICIPAL N° 2004, SOLICITANDO POR NOTA SIMPLE, LA LIQUIDACIÓN DE ESA DEUDA ATRASADA DE ACUERDO AL SISTEMA QUE ESTABLECÍA EL ÚLTIMO PÁRRAFO DEL INCISO A) DE LA ORDENANZA MUNICIPAL N° 1311, ABONANDO ESA DEUDA, DE ACUERDO AL VALOR ACTUAL VIGENTE AL MOMENTO DE LA PRESENTACIÓN, CON MÁS DE UN DIEZ (10%) POR CIENTO COMO ÚNICO RECARGO, SOBRE EL VALOR ASÍ DETERMINADO.
ARTICULO 2°.- EL TERMINO DE VIGENCIA DE LA PRESENTACIÓN PARA HACER USO DE LA OPCIÓN DEL ARTÍCULO ANTERIOR, VENCERÁ INDEFECTIBLEMENTE EL DÍA 31 DE JULIO DE 1991, Y SERÁ CONDICIÓN INDISPENSABLE PARA HACER USO DE LA MISMA, QUE EL CONTRIBUYENTE NO REGISTRE DEUDA ALGUNA POR TASAS MUNICIPALES VENCIDAS DURANTE EL AÑO 1991.
ARTICULO 3°.- QUEDAN EXPRESAMENTE EXCLUIDAS DE LOS BENEFICIOS DE LA PRESENTE ORDENANZA, TODAS LAS DEUDAS QUE SE ENCONTRARAN CON DEMANDA JUDICIAL INICIADA.
ARTICULO 4°.- DE ACUERDO CON LO DISPUESTO POR LA PRESENTE NORMA, DEROGASE EL ARTÍCULO 2° DE LA ORDENANZA MUNICIPAL N° 2004.
ARTICULO 5°.- COMUNÍQUESE AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO LA CONVENIENCIA DE MANTENER VIGENTES LOS PLANES DE PAGO ACTUALES, EN RELACIÓN CON LA FECHA ESTABLECIDA EN EL ARTICULO 2° DE ESTA ORDENANZA.
ARTICULO 6°.- DESE AMPLIA DIFUSIÓN AL SISTEMA OPCIONAL DE LIQUIDACIÓN DE DEUDA ATRASADA INSTITUIDO EN ESTA ORDENANZA, DESTACANDO EL VENCIMIENTO DEFINITIVO DEL MISMO.
ARTICULO 7°.- DE FORMA.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS TRECE DIAS DEL MES JUNIO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y UNO.
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