ORDENANZA MUNICIPAL N° 2108
DEROGADA POR ORDENANZA 2383/1993 Y ORDENANZA 2179/1992
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERARTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUAREZ EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, RESUELVE Y
0 R D E N A
ARTÍCULO 1°.- AGREGUESE A LA ACTUAL REDACCION DEL ARTICULO 4° DE LA ORDENANZA MUNICIPAL N° 2054 LO SIGUIENTE:
DISPONESE EN ESTE PRESUPUESTO 1991 Y EN LOS RESTANTES UNA CIFRA EQUIVALENTE AL UNO (1 %) POR CIENTO DEL TOTAL DEL PRESUPUESTO, DINEROS QUE EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO DEPOSITARA EN FORMA MENSUAL DESDE ENERO Y HASTA DICIEMBRE DEL AÑO A QUE PERTENEZCA EL PRESUPUESTO, DIVIDIENDO EL TOTAL EN DOCE (12) AVAS PARTES. CUANDO EL PRESUPUESTO NO ETSE APROBADO PRO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO TOMARA COMO VALIDAS LAS CIFRAS DEL PRESUPUESTO ANTERIOR. LA COMPENSACION EN MAS O EN MENOS SE REALIZARA EN EL MES EN QUE SE APRUEBE EL NUEVO PRESUPUESTO
ARTICULO 2°.- DE FORMA.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS TRECE DIAS DEL MES JUNIO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y UNO.
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