ORDENANZA MUNICIPAL N° 2138
DEROGADA POR ORDENANZA 2179/1992 Y ORDENANZA 2383/1993
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERARTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUAREZ EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, RESUELVE Y
0 R D E N A
ARTÍCULO 1°.- SUSTITÚYASE EL ÚLTIMO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 3° DE LA ORDENANZA MUNICIPAL N° 2054/90, AGREGANDO A CONTINUACIÓN DEL INCISO D) EL INCISO E) CUYA REDACCIÓN SERÁ LA SIGUIENTE:
E) SOBRE EL VALOR TOTAL DE LAS RIFAS O SIMILARES QUE SEAN AUTORIZADAS POR LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUÁREZ
ARTICULO 2°.- DE FORMA.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DIEZ DIAS DEL MES OCTUBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y UNO.
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