ORDENANZA MUNICIPAL N° 2259
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUAREZ, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, RESUELVE Y:
ORDENA
ARTICULO 1°.-MODIFICASE EL ARTICULO 55°.-DE LA ORDENANZA IMPOSITIVA VIGENTE, QUEDANDO REDACTADO DE LA SIGUIENTE FORMA:
«ARTICULO 55°.-EL SERVICIO DE AMBULANCIA A CARGO DE LA COMUNA SERA COBRADO DE ESTA MANERA:
1) POR KILOMETRO RECORRIDO, A RAZON DE UN (1) LITRO DE NAFTA SUPER O ESPECIAL, RIGIENDO DESDE EL PUNTO DE SALIDA HASTA EL DE DESTINO, UNICAMENTE, O SEA LA MITAD DEL VIAJE.-
2) TRASLADO DE PACIENTES DENTRO DE LA PLANTA URBANA, UN ARANCEL DE $ 2.
ARTICULO 2°. -DE FORMA.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS OCHO DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE MIL NOVESCIENTOS NOVENTA Y DOS.
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