Ordenanza Nro: 2244

ORDENANZA MUNICIPAL N° 2244

DEROGADA POR ORDENANZA 2449 Y 3067/2000

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUAREZ, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, RESUELVE Y:

O R D E -N A

ARTICULO 1°.-MODIFICASE EL INCISO F) DEL ART. 3° DE LA ORDENANZA MUNICIPAL N° 1583/86, EL QUE QUEDARA REDACTADO DE LA SIGUIENTE FORMA:
F) DECLARACION JURADA ANTE AUTORIDAD JUDICIAL SOBRE EL DESTINO QUE HABRA DE DARSE A LOS FONDOS QUE SE RECAUDEN.
AGREGUESE ACONTINÜACION DEL INC.F) DEL ARTICULO Y ORDENANZA MUNICIPAL MENCIONADOS EL INCISO G) QUE DIRA:
G) TODA LA DOCUMENTACION ANTES REFERIDA DEBERA SER REFRENDADA POR EL PRESIDENTE, SECRETARIO Y TESORERO DE LA ENTIDAD SOLICITANTE.-

ARTICULO 2°.-INCORPORESE AL ARTICULO 9O DE LA ORDENANZA MUNICIPAL N° 1583/86 EL SIGUIENTE PARRAFO:
«IGUALMENTE, LAS ENTIDADES SOLICITANTES, AL TERMINO DE LA VENTA DE LA RIFA DEBERAN RENDIR CUENTAS A LA MUNICIPALIDAD SOBRE EL MONTO DE DINERO RECAUDADO, CON PRESENTACION DE BOLETAS NO VENDIDAS Y TALONES DE BOLETAS VENDIDAS, BALANCE CON ENTRADAS Y SALIDAS DE GASTOS Y OTROS Y SALDOS, ASI COMO TODA OTRA DOCUMENTACION QUE LES SEA REQUERIDA. ASIMISMO Y EN SU OPORTUNIDAD DEBERAN DEMOSTRAR DOCUMENTADAMENTE LA INVERSION REALIZADA CON LOS FONDOS RECAUDADOS SEGUN DECLARACION JURADA DEL INCISO F) DEL ARTICULO 3°.-DE LA PRESENTE ORDENANZA.

ARTICULO 3°.- DE FORMA.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEITTTISIETE DIAS DEL MES DE AGOSTO DE MIL NOVESCIENTOS NOVENTA Y DOS

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