ORDENANZA MUNICIPAL N° 2160
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUAREZ EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, RESUELVE Y:
O R D E N A
ARTICULO 1°.- AUTORÍZASE AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO A ENAJENAR TRES (3) PICADORAS DE CARNE PERTENECIENTES A ABASTOS MUNICIPALES .
ARTICULO 2°.- EL PRODUCIDO DE LA VENTA INGRESARÁ A LA CUENTA ESPECIAL «ABASTOS MUNICIPALES-
ARTICULO 3°.- DE FORMA.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS DIEZ DIAS DEL MES DE ENERO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS.-
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